Patricia MV, gracias, ya sé que va para largo, pero ya estamos en la recta final, supongo, las dudas, son ¿cuándo ya está claro quien compensa a quien y la cantidad, ¿cómo se hace? ¿de qué manera concreta? ¿quién va al banco a reclamar su dinero? ¿tiene que ir el que no va a quedarse un duro a firmar? ¿quién decide en que notaria se hace la nueva escritura?. Etc.
En cuanto al no reconocimiento del pago de su madre ... ¿cómo efectúa los pagos ésta?
Explicarle aqui cómo se hace una liquidación sin conocer las deudas, y demás datos es un poco complicado y podría inducirla a error pero deben hacerse cargo al 50% de los activos y de los pasivos (deudas), y se adjudicarán los bienes de esa manera. Los valores de los inmuebles, si no hay acuerdo, se efectúan en base a peritaciones que aportan las partes, normalmente, hechas por un agente de la propiedad inmobiliaria (API), otras veces, se tasan según los valores que dieron al constituir la hipoteca, etc.
Lo mejor, es que todas esas dudas las consulte con su abogado, que es quien lleva el procedimiento y conoce el estado de las cosas. Piense que nosotros no conocemos el caso y muchas de esas preguntas sin conocer datos o documentos, nos suenan a chino.
Deben estar por lo que dice, en fase de formación de inventario, así que de momento, llevará un tiempo llegar hasta el final. Repito, todos los abogados sabemos cómo funciona una liquidación, pero cómo funciona la suya lo sabe su abogado, y es quien debe explicarle todo lo que pregunta y resolver sus dudas, acuda a él/ella.
Un saludo.
Me separé hace 4 años. Tenemos dos casas: la segunda mi madre paga la hipoteca desde el principio, pero está a nombre del matrimonio. Tenemos algun fondo de inversion y unas cuantas acciones. Todos los productos bancarios bloqueados desde la separación.
El juez no reconoció el pago de mi madre, y consider´´o elpago hecho por los dos. Hicimos peritar las casas, no estuvimos de acuerdo en el valor, ahora, las hemos vuelto a peritar, resulta que lo que en la sentencia decía que debía resolverse en 2 meses, han pasado 8. Mi pregunta es: una vez tengamos el valor de los inmuebles: ejemplo 10€uno y 5€ otro. ¿Cómo se hace con los valores? ¿Debo buscar un certificado del banco con el valor de estos? ¿Qué valor tienen; me refiero la cotización de qué dia vamos a tomar? ¿el dia de la vista? ¿El dia que el juez se siente a redactar sentencia? Si este dice que los valores son 2€, para él 2 5 siete, yo debo darle 3. Los 2€ del banco, cuentan cuando están en el banco, o se descuenta el 18 por ciento al sacarlo. ¿Quién da la orden de sacarlo y ponerlo en una cuenta a nombre de él? ¿el juez? Y entonces, ¿se va al notario y se hace escritura nueva? ¿Es entonces cuando debo darle el dinero que supuestamente es suyo? ¿Tengo que pagar una escritura nueva? ¿Cuánto tiempo puede pasar? Sé que el perito entregó los papeles en el juzgado hace tres semanas, pero el juzgado le dijo a mi procuradora que hasta que no lo viera el secretario no podía decirle el resultado de la tasación, por lo tanto mi abogado no puede enviar una demanda, y yo, vivo miserablemente, ahorrando, sin saber cuánto me va a tocar darle, no salgo, no compro, necesito salir de la incertidumbre. YA! Por favor, ¿Alguien sabe bien como funciona todo esto?
Gracias