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cuando un contrato pasa a ser indefinido?

14 Comentarios
 
Cuando un contrato pasa a ser indefinido?
20/10/2004 08:31
Hola a todos:

Espero me resuelvan mi duda, se lo agradecere de verdad....

Mi duda es la siguiente y creo ke la duda de muchos....cuando un contrato de fin de obra pasa a ser indefinido automaticamente?

Mi caso es ke yo llevo trabajando 3 años en mi empres aunke el tiempo de antiguedad es de 2 años pues me renovaron el contrato....

En mi ultimo contrato me contrataron a fin de obra para una obra ke consta en el contrato bien identificada, dicha obra se acabo y yo segui en la empresa trabajando para muchas obras menos para esa que ya se termino....mi duda es:
por ese motivo mi contrato pasa a ser indefinido automaticamente y por lo tanto ahora cuando me finiquiten me tendrar que finiquitar como un contrato indefinido? uff

y si es asi ke finiquito me corresponde?

Muchisimas gracias a todos es un poco urgente...a ver si me podeis solucionar mis dudas

muchas gracias de antemano

koldo
20/10/2004 11:18
Nadie me va a hechar una mano? necesito vuestra ayuda de verdad.....

muchas gracias

Koldo
20/10/2004 11:54
Hola,
En tu caso tendrás que poner una demanda por despido en los 20 dias siguientes al mismo y denunciar la irregularidad del contrato. Si la obra terminó y nadie ( ni empresario ni tu denunciaste la finalización del contrato ) y has seguido trabajando después de eso en "otras obras" tu contrato se entenderá celebrado por tiempo indefinido ( pero esto lo tendrá que determinar el juez ) Te corresponderá una indemnización de 45 dias por año como corresponde al despido improcedente.
20/10/2004 12:01
Muchisimas gracias ZOE....pero ahora me asalta otra duda....donde tengo ke poner la demanda?

Muchas gracias

Koldo
20/10/2004 12:32
Yo no soy abogado, pero por la experiencia que he tenido en estos casos, te aconsejo que intentes negociar con RR.HH. con la ayuda del comité de empresa si lo crees necesario, para que directamente reconozcan el error.

Previamente hazte con el mayor número de pruebas posible de que efectivamente has trabajado en obras distintas.

Y en caso de que no funcione esta vía, no estoy muy seguro, pero creo que podrías firmar el finiquito como NO CONFORME y al menos empezar por cobrar la indemnización que te propongan para después denunciarlo en Magistratura

Suerte!!
20/10/2004 13:47
Este supuesto de trabajar en una obra para la que no has sido contratado ha sido calificado por los Tribunales como FRAUDE DE LEY, al implicar la carencia de la causa del contrato.

Los contratos realizados en fraude de ley se convierten en indefinidos. Por lo tanto, si es así la empresa debería indemnizarte con 45 días por año de servicio, como si fuese un despido improcedente.

Pero no te creas que todas las empresas actuan de esa manera. Lo normal es que te digan que ha finalizado el contrato de obra o servicio determinado y te indemnicen con ocho días por año de servicio o lo establecido en el convenio colectivo de aplicación.

En este caso deberías denunciar, en el plazo de 20 días hábiles, por despido a la empresa ya que tú contrato se considera indefinido. Y así poder conseguir la indemnización correspondiente al despido improcedente.

Consulta en un sindicato. Saludos.
20/10/2004 14:27
Hola.

Existe una excepción que es en la construcción, donde el contrato de obra, previo acuerdo de las partes, se puede prestar servicios en otras obras de la misma empresa hasta un tiempo máximo de tres años y no ser contrato celebrado en fraude de ley.

Saludos
20/10/2004 15:12
Muchisimas gracias a todos por vuestra ayuda...la verdad es ke me habeis servido de mucho...muchas gracias, os devo una....;)

koldo
20/10/2004 15:18
Perdonar otra vez....con el contrato delante me empizo a poner nervioso...os explico yo en su dia firme unas clausulas adicionales al contratro, y en una de ella dice:

" El trabajador realizará cualquier tipo de trabajo que se le especifique dentro de la actividad que desarrolla esta compañia y compatible con sus cualidades fisicas y profesionales"

esta clausula podira ser a lo que se refiere NINFA?

Ya me entran las dudas....

juer


koldo
20/10/2004 15:54
Consultalo en un sindicato antes de meter la pata.

Pertenece tu empresa al ambito de la construcción?

Un saludo y suerte
20/10/2004 15:59
No mi empresa no pertenece al ambito de la construccion...es una empresa de servicios dedicada a la electricidad de media y alta tension...yo soy delineante de primera....depende de algo a ke se dedique la empresa?

Es bueno conocer gente como vosotros......

Koldo
20/10/2004 18:13
Hola:

Si te fijas bién en esa cláusula que te preocupa, verás que no dice nada, pues realizar los trabajos compatibles con tus cualidades profesionales, lo único que te obliga es a realizar los de la categoría profesional que tengas, y eso no hace falta ponerlo. Cualquier otra interpretación nos pondría ante lo que llamamos cláusulas abusivas y estas son nulas de pleno derecho. Osea que puedes estar muy tranquilo.

Sobre tu situación contractual, estoy de acuerdo con lo que ya te han dicho, tu contrato es indefinido.

Saludos,
20/10/2004 18:41
En mi opinión la empresa no puede hacer un contrato por obra o servicio determinado e incluir una clausula en la que diga que también vale todo, incluso realizar otras obras o servicios para los que no te ha contratado expresamente. Uno de los requisitos del contrato de obra o servicio es que se especifique expresamente la actividad para la que se contrata y esta tendrá que tener sustantividad propia dentro de la actividad normal de la empresa.

Estoy de acuerdo con Fael y tu contrato me suena a Fraude pero tendrás que ponerte en manos de una persona competente.En los sindicatos suelen informar y ayudar.
suerte
20/10/2004 18:56
Hola.

En mi opinión, si tu empresa no se dedica a la construcción que es el único sector que puede cambiar de obra sin que sea considerado fraude. Tu empresa solo puede hacerte trabajar en la obra para la que fuiste cosntratado y dentro de esa obra, no puede canbiarte de tareas, ya que en el propio contrato ha de especificarse la obra y la tarea que tampoco puede ser cambiada.

Si te han acambiado de obra o de tarea y puedes demostrarlo, se considerará que ese contrtato se ha celebrado en fraude de ley y por lo tanto la finalización de l cosntrato por fin de obra se debería considerar como un despido improcedente.

Saludos
21/10/2004 08:14
Muchisimas gracias a todos por vuestro interes y vuestras ganas de ayudar...me habeis ayudado mucho...ya estoy mas tranquilo....ya os contare como queda todo.

muchas gracias

Koldo