Pero si una vez ratificado por el juez y terminada "totalmente" la separacion de mutuo acuerdo . ¿Puede alguno de los dos pedir algo que no se puso en la demanda de mutuo acuerdo ? . Por ejemplo, ¿una pension compensatoria? .
Si puede solicitar la modificación de lo acordado pero para ello es necesario que hayan variado sustancialmente las circunstancias de cuando se firmaron hasta ahora.
Saludos.
Yo tengo un convenio en el que mi mujer me concede la custodia del niño (no le venia bien tenerlo) esta ha sido ratificada y un juez ha dictado sentencia con su contenido(sentencia de separacion) ¿puede arrepentirse de lo que ha firmado y sentenciado el juez un año y medio despues y pedir la custodia por que ahora si le interesa ? Gracias de antemano
cunado la separacion es de mutuo acuerdo los conyuges firman el convenio regulador que debera ser presentado junto con la demanda de separacion.
una vez ha sido admitida la demanda, los conyuges deberan ratificar dicho convenio en un plazo de tres dias. llegado a este termino si alguno de los conyuges se negase a la ratificacion el juez archivara todas las actuaciones, pudiendo cualquiera de los conyuges iniciar la separacion por la via contenciosa.
un saludo
Hola , quisiera saber si la validez de la separacion es desde que ambos firmamos el mutuo acuerdo ante el abogado . ¿O hay que esperar a que lo ratifique un juez para que sea firme?.
Si es el caso segundo , aun habiendo firmado el mutuo acuerdo ¿alguno se puede hechar atras en lo acordado y firmado ante el abogado antes de que ratifique el juez?.