En los convenios se fija el plazo en los que se debe de abonar la nómina, por ej. hay convenios que dicen que el pago se efectuará entre el día 1 y el día 5 de cada mes, pues bien en estos casos, la nómina se podrá reclamar desde el día siguiente a cumplido dicho plazo y con un recargo del 10 % de intereses de demora, (esto suele ser poca cantidad pero bueno ya que no pagan bien pues que paguen ese recargo),en cuanto a lo que le dicen que hasta finales de agosto no le pagarán, es por su propia comodidad, usted puede exigirles que le paguen, pero claro deberá enviar un escrito reclamando esa cantidad a la empresa, luego si no le pagan, deberá interponer la consiguiente reclamación de cantidad, vamos que para cuando llegue la conciliación o si en esta no hay acuerdo se ira a juicio, pues ya habrá pasado de largo el mes de agosto y usted habrá cobrado.
No es justo pero es lo que hay, pura burocracia y mientras tanto el trabajador sin poder disfrutar de su salario.
Hace un tiempo abrí un hilo explicando mi situación:
Caí de baja en marzo y la mutua me retiró la prestación en abril por no acudir a revisión. A pesar de haber presentado justificante médico para ese día, me la retiraron. Pues bien, tras mucho batallar, he conseguido que me vuelvan a pagar. El sábado pasado me lo notificaron por burofax.
En total, la empresa para la que trabajo me debe 2 meses enteros (mayo y julio, ya que junio si me pagaron porque hubo un ligero lio con un alta de por medio.
Lo dicho, la empresa me debe 2 meses, y el otro día llamé para ver cuando pensaban pagarmelos (la mutua ya les ha comunicado que me han vuelto a conceder la prestación) y me dijeron que hasta final de este mes, cuando se hagan las nóminas de agosto, nada.
¿Esto es así? Quiero decir, ¿no hay posibilidad de exigir que me paguen lo que me deben ya?