Actualmente estoy viviendo en España gracias a una estancia por estudios en vigor que dura hasta junio de este año. Me voy a casar con mi novio que es español antes de que cumpla esta fecha. Me gustaría saber si debería esperar a que mi estancia termine en junio para solicitar la tarjeta comunitaria o si en cambio puedo comenzar el tramite lo antes posible sin importar que la estancia haya finalizado.
Desde el momento en que usted tenga en su poder el certificado literal de matrimonio expedido por el Registro Civil del municipio donde se celebró el matrimonio, estará en condiciones de solicitar la tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión, siempre y cuando su cónyuge español esté trabajando por cuenta ajena o propia o bien cuente con recursos económicos propios suficientes y seguro médico y por supuesto, que estén empadronados en el mismo domicilio.
No debe esperar a que se caduque su autorización de estancia por estudios.
Si tiene tarjeta de identidad de extranjera, puede solicitar un certificado digital de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre e instalarlo en su ordenador y así presentar la solicitud de tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión a través de la plataforma MERCURIO.
¡Hola! Muchas gracias por su respuesta. Otra pregunta relacionada con la tarjeta comunitaria: Si mi pareja español es trabajador por cuenta propia, no hace falta contratar un seguro médico privado para solicitar el permiso de residencia por familiar comunitario, verdad?
Si es trabajador por cuenta propia no es necesario seguro privado. Debe aportar al expediente el alta censal como trabajador autónomo en la Agencia Estatal de Administración Tributaria y en la Tesorería General de la Seguridad Social o bien autorizar para que la Administración compruebe en las bases de datos públicas esos datos.