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¿Cuando se puede reclamar el impago de la manutención?

11 Comentarios
 
12/11/2013 23:07
Hola mi nombre es Aroa hace dos años que me separé y legalmente hace seis, mi marido no me pasa nada por los dos niños que tenemos, la manutención que acordamos es de 140 € por cada niño y la mitad del pago de la hipoteca, aunque yo le dije que me haría cargo si firmabamos un papel ante notario en el que constase que si algún día el piso se vendiese nos corresponderían a cada uno los años que hemos pagado,( aún me quedan 30 años por pagar), la cuestión es la siguiente, tengo un trabajo de media jornada y mi sueldo se lo lleva prácticamente la hipoteca y mi ex vive tan tranquilo, se que trabaja porque mis hijos me lo dicen cuando se van con él lo único es que no puedo demostrarlo porque cobra en negro y yo ya estoy desesperada que puedo hacer, porque tampoco quiero que lo metan en la cárcel porque en el fondo es el padre de mis hijos
06/09/2011 23:36
¿Él?

Hombre, farmy, pues es evidente. Sí.

Si dice que firmaron un convenio y que debiera ingresarlo en cuenta.. lo que en mano se da sin recibo ni nada.. no consta.

Si lleva un año sin pagar hace meses que usted puede demandarle, civil o penalmente.

Ahora bien, sea honrada consigo misma y no denuncie más tiempo de la cuenta porque ud misma ha dicho que pagarle le ha pagado hasta hace más de un año así que denuncie el tiempo que no le ha pagado, no más por el hecho de que él no pueda demostrar que lo dió en mano.
06/09/2011 18:16
El padre de mi hijo nunca me da la pension el dia 5 de cada mes como asi firmamos en el convenio colectivo.Me va dando lo que le pido fraccionado.A veces me cuesta todo el mes cobrar.El caso es que me lo da en mano.Hace mas de un año que no lo ingresa en la cuenta corriente.Cada vez se demora mas en los pagos y temo que deje de pagarmelos.¿Podria tener algun problema a la hora de justificar el impago?
23/01/2011 20:57
Vamos a ver, se puede reclamar via civil el impago de una mensualidad de pensión, claro que si. No en cambio, via penal.

Report, debe solicitar una modificación de medidas. Lo puede pedir en el colegio de abogados de su capital de provincia. Si está en capital, directamente acudiendo al servicio de orientación jurídica (S.O.J.), que suele encontrarse en el edificio de los Juzgados. La documentación: D.N.I., empadronamiento, última declaración renta o certificación negativa (tarda 15 días, pidala antes de cubrir el impreso), justificantes prestaciones sociales, justificante catastro de bienes a su nombre (gratuita si no tiene, a pagar si tiene), justificante vehículo, etc.

Le pongo el enlace del Ministerio de Justicia porque puede solicitarse por internet pinchando en "Justicia Gratuita" y luego, en el mapa en su comunidad autónoma:
http://www2.mjusticia.es/cs/Satellite/es/1200666550200/Tramite_C/1215326541471/Detalle.html?param1=1

Suerte. Un saludo.
23/01/2011 02:49
Puede solicitar abogado de oficio, si cumple las condiciones, cumplimentando los impresos y aportando la documentación exigida, solicitando los impresos en el juzgado que corresponda a su causa o en el colegio de abogados que corresponda a la misma causa.
23/01/2011 01:20
Muchas gracias por su respuesta. Podría indicarme los pasos a seguir y documentación a presentar para solicitar actualmente abogado de oficio...?
21/01/2011 20:01
Report_2011, deberá tramitar una modificación de medidas tanto para disminuir la pensión (alegando disminución de ingresos) como si procediera extinguirla al hijo que trabaje.
Hasta que no exista resolución judicial al respecto deberá, legalmente, seguir ingresando la cantidad que dice la sentencia, pero lógicamente, si no le alcanza el dinero no puede sobrevivir y pagar al tiempo, reduzca, si lo ve adecuado, la pensión proporcional a lo que cobra ahora. Los atrasos que acumule serán reclamables, pero entretanto puede sobrevivir y esperar tener mayores ingresos para hacer frente a la deuda y pensión.
Necesitará abogado y procurador, de oficio si cumpliera los requisitos.
21/01/2011 19:15
Me encuentro en desempleo e inmerso en dos procesos judiciales contra el INSS, TGSS, FREMAP y SAS por alta de la inspección médica aún en contra de mi médico de familia y denegación de incapacidad. Cobro el desempleo pero es poca cosa y tengo muchos gastos en abogada privada y perito médico. Mis hijos tienen 20 y 19 años. Jamás desde el año 1993 les ha faltado su manutención mensual, incluso estando yo en desempleo. El mayor ha empezado hoy a trabajar en una empresa de seguros con contrato mercantil, el de 19 continúa estudiando. Mi pregunta es si sigo obligado a pasar la mensualidad dadas mis actuales circunstancias o si solo podría pasarla al de 19, ya que aún esta estudiando. Yo mismo en junio de 2009 doble la cantidad de la mensualidad de muto propio dado que me hicieron indefinido y me incrementaron el sueldo un poco. Pero ahora, que he sido despedido la situación varia. Muchas gracias.
perfil Bri
07/09/2010 19:22
eclipse, solicite el beneficio de justicia gratuita y que le asignen abogado de oficio, y ejecute sentencia en vía civil.

Saludos.

07/09/2010 19:03
Por lo que he entendido,¿es irreclamable impago de una mensualidad de manutencion?Actualmente estoy en paro y mi ex se niega a pasar pension cuando las niñas estan con el el mes de vacaciones.Ya le perdone 23mil € de debito en concepto de manutencion por coaccion suya y de su abogado,pero debido a la falta de ingreso del mes de agosto,no he podido comprar comida para mis hijas,ya que estoy en desempleo y la ayuda que cobro la utilizo para el alquiler, se lo comento y me dice que lo denuncie...que he de hacer por favor? gracias
08/03/2010 23:10
Dos consecutivas o cuatro no consecutivas.
Un saludo,
¿cuando se puede reclamar el impago de la manutención?
08/03/2010 22:43
Me gustaría saber si se puede reclamar judicialmente el impago de una mensualidad, o en otro caso qué número de manutenciones sin abonar hay que acumular para hacerlo. Gracias.