Si un acta menciona un acuerdo que afecta al título constitutivo, pero no refleja ni votación ni la firma del presidente ni del principal perjudicado, sólo la del secretario, y no se impugna con posterioridad, ¿puede considerarse un acuerdo unánime?
No, en tanto el defecto de forma no se subsane y eso es la constancia del asistentes, votates y requisito de unanimidad de la comunidad además de su inscripción en el Registro de la Propiedad al afectar al titulo constitutivo