Puedes preguntar en el foro de urbanismo, pero si las obras suponen un cambio sustanciao del PGOU creo y recalco creo, que tiene que someterlo a un trámite muy parecido al de aprobación, con el periodo de información pública. En cuanto a la devolución piensa en la cantidad de promesas de nuestros insignes dirigentes que no se han cumplido...a que no te han devuelto ni un euro del IRPF o del IVA o del céntimo sanitario...pues a mí tampoco.
Entiendo lo que dices. Estoy seguro que nadie se ha apropiado de dinero. Tb estoy seguro que el Ayto ha cobrado una cantidad de dinero a los cuidadanos, en contribuciones especiales, para invertirlo en una obra de que se ha realizado poco más de la mitad, debido a que se encontraron con que habian casas encima de unas zonas en que se tenia que establecer unas servidumbre y que estan destinados a ser via publica (dice el pgou), y que esas casas se han hecho con licencia del ayto. mismo.
No creo que pueden cancelar gran parte de la obra sin comunicarlo a los cuidadanos y sin tampoco devolver una cantidad de dinero, ¿no?
Pues por lo pronto el Ayuntamiento NO es penalmente responsable. En todo caso lo serán las personas que hayan administrado ese dinero. Y para que existiese delito deben de apropiarse el dinero. No basta con que no hayan realizado las obras.
Se trata de un ayuntamiento que después de cobrar contribuciones especiales de los cuitadanos para una obra, no ha efectuado la mitad. De ello no se ha informado tampoco, y se ha quedado con el dinero sobrante. ¿Es eso malversación? ¿Cuando prescribe?