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¿cuando prescribe el reclamar una deuda?

1 Comentarios
 
¿cuando prescribe el reclamar una deuda?
14/03/2011 12:25
Tengo un monitorio y la parte contraria alega queha prescrito segun el articulo 1967,4 del codihgo civil porque dice que es una compraventa civil no mercantil , han pasado 6 años desde que le reclamo.

segun tenia yo entendido esto prescribe a los 15 años pues se trata de una instalcion de aire acondicionado con conductos, suministro e instalcion de conductos de aire acondicionado rejillas lineas frigorificas y maquinas de aire acondiconado.

Me pueden documentar pues tengo inmediatamente el juicio.
18/03/2011 13:05
Entiendo yo que es una compraventa mercantil y el palzo es de 15 años. Este es el criterio a defender. Entiendo que la compraventa es entre enmpresas ya que sino si que serían 3 años entre empresario y consumidor .Está regulado en el artículo 450 CCio.
"la compraventa mercantil es un contrato por el cual una persona, sea o no propietaria o poseedora de la cosa objeto de la convención, se obliga a entregarla o hacerla adquirir en propiedad a otra persona, que se obliga por su parte a pagar un precio convenido y la compra para revenderla o alquilar su uso."

Además arts. 451 y 452 CCio.

Espero que te sirva de ayuda.

Saludos.