Hola buenas tardes soy hijo de padres divorciados hace muchos años.
El juez dio la custodia a mi madre, a consecuencia de que mi padre no abonaba las manutenciones mías, mi padre dio a mi madre el piso en el que el juez extimó que tenia que vivir con mi madre.
Pregunta para quien eran esas dietas y manutenciones? Yo creo que me correspondían a mi. Hoy día tengo 33 años y no he podido disfrutar las dietas por que mi padre no las pagaba y tampoco puedo disfrutarlas ahora por que mi madre se ha quedado con el piso.
No tendría derecho al piso?
En fín si alguien pudiera ayudarme se lo agradecería, gracias por leerme y un saludo.
Hola yo opino que estas equivocado ya que tu madre te ha mantenido ella sola por lo que ha puesto la parte de tu padre y la suya para sacarte adelante por lo cual lo lógico es que la deuda la tiene con ella y no contigo así que en mi humilde opinión la casa es suya de pleno derecho
La pensión alimenticia no es para la madre, sino para los hijos, pero administrada por quien tenga la custodia.
¿Estás seguro que el piso está exclusivamente a nombre de tu madre?
De todas maneras, tal y como te han dicho, considero que aunque efectivamente esas "dietas" las tendrías que haber "disfrutado" tu, lo cierto es que tu madre luchó en su momento porque tuvieras una casa en la que vivir, y por lo que parece no te ha faltado de nada.
En realidad, teniendo 20 años menos que mi madre podríamos decir que tenemos casi los mismos años cotizados en la vida laboral.
Que una persona sea el administrador/a no quiere decir que luche por serlo.
A la respuesta de A. R abogada ¿Qué raro que no sea usufructuario el hijo verdad?
Pregunto si tuviera la oportunidad de que mi administradora no ha trabajado nunca por lo tanto difícil de demostrar que me haya dado las dietas en su día y si cobradas.
Gracias nuevamente
Las pensiones alimenticias son para, como su nombre indica, alimentar a los hijos: darles de comer, darles una vivienda, llevarlos al colegio, comprar los libros necesarios, uniforme, ropa, calzado, etc.... Así que no espere que su madre, si no ha trabajado, tenga todo ese dinero ahorrado, porque si fuera así, podría suponer que usted ni ha estudiado, ni ha comido, ni se ha vestido en todo este tiempo.
No sé que tiene que ver la cotización con la pensión de alimentos.
Usufructuario el hijo? Desde cuándo? Creo que tiene los conceptos muy confundidos. Si las pensiones se las debe a usted, el juez debió poner la propiedad de la mitad de la casa a su nombre y no a nombre de su madre, si es que se hizo judicialmente... porque puede que el acuerdo fuera extajudicial y su padre cediera o donara su parte directamente a su madre.
No obstante, ¿qué es lo que pretende? Es decir, la consulta tiene que tener una finalidad. Si la supiéramos quizá lo entenderíamos mejor y podría ayudarle.