Tengo un contrato de alquiler que firme en mayo de 2004 e indica una duración de un año. El caso es que he vivido hasta ahora sin ningún aviso ni mio ni del casero de acabar el contrato.
La casa la necesito dejar a finales de 2011. Sabeis cuando tengo que avisar y cuando tendría que irme para no tener problemas?
Si me voy por ejemplo en noviembre de 2011 y aviso con un mes, me pueden reclamar dinero?
He oido que cuando pasa más de 5 años de prorroga anual, el año que se porroga es voluntario para el arrendatario y obligatorio para el arrendador. Es eso cierto?
El contratro es de mayo del 2004, por lo que en mayo de este año cumpliras 7 años, si continuas, entras en el octavo año y quieres dejar la vivienda en noviembre, cuando lo correcto sería dejarla en mayo de 2012. Hablalo con tu casero, a lo mejor no te pone impedimentos para irte sin tenerle que pagar los meses que restarian del cumplimiento del octavo año.
Hola Gatien. Por los datos aportados su contrato se haya en la´prórroga del artículo 10 de la LAU 1994, por lo que usted tiene 2 opciones:
1º) Comunicar a su arrendadora mediante burofax con acuse de recibo con al menos 30 días de antelación al día x de mayo de 2011 su intención de no prorogar el contrato. De este forma usted abandonaría la vivienda en la citada fecha sin obligación de indemnizar a la arrendadora.
2º) Comunicar a su arrendadora mediante burofax con acuse de recibo con al menos 30 días despues de mayo de 2011 su intención de desistir del contrato. En este caso, salvo que el desistimiento sea aceptado por su arrendador, éste podrá reclamarle a usted los daños y perjuicios que tal desistimiento le produzca.
Muchas gracias por la información.
Solo una cosa mas
¿Los daños pueden llegar a la totalidad del las mensualidades?
Lo pregunto porque he leido en no se que casos que se paga un mes por cada año que quede de contrato (cuando se va uno antes en un contrato de 5 años).