mmmm .... como veo que nadie te contesta, seré bueno...
Si eres el trabajador/a, pregúntale a tu abogado/a que el/ella sabrá responderte.
Si eres el/la abogado/a, deberías de saber que el plazo de 5 días es para anunciar el próposito de presentar el recurso de suplicación, no para formalizarlo y presentarlo.
A partir de aquí, el plazo de 5 días no comienza a partir de cuando tú recibes la sentencia, sino de cuando lo recibe la empresa ( lógico)
¿La sentencia cuando será firme?
Pasados los teóricos 5 días, que a la práctica son 6, sin que la empresa haya anunciado el recurso de suplicación, ya no podrá plantearlo y consecuentemente, sino has anunciado el recurso recibrás notificación del Juzgado diciendote que la sentencia es firme.
¿que procederia hacer?
Algo tan sencillo, como la respuesta que te dado, ves al juzgado y mira el expediante y te enterarás de como está el asunto.
Una pregunta facil pero que no se la respuesta, juicio de reclamación de cantidad, sentencia favorable, plazo de 5 dias para que la otra parte presente recurso de suplicación. A partir de aqui ya no se nada mas, no me han notificado nada, ¿cuando es firme la sentencia?
?que procederia hacer?