Como suponías, si estás enfermo no te puedes incorporar a la actividad y por tanto el trabajo efectivo no llega a realizarse.
No procede el alta.
No generas derecho a retribución de ningún tipo, ni a prestaciones sustitutorias de la actividad laboral.
Ahora bien, sí que es cierto que si tienes un accidente de trabajo in itinere es motivo de baja médica. Sólo tienes que demostrar que se ha producido el accidente.
Pero si el accidente es motivado fraudulentamente no tendrías derecho a ninguna prestación y el alta debería ser anulada.
Desconozco qué tipo de sanciones te podrían aplicar por pretender burlar la ley.
Sería interesante que alguien lo pudiera indicar, para saber exactamente en qué terreno te vas a mover.
mi caso: actualmente estoy al paro -sin cobrar- y he sufrido un pequeño accidente deportivo que creo que me impedira trabajar en uno o dos meses, situación que no me puedo permitir.
la opción más factible de trabajo que tengo es que me llamen del insalud para hacer alguna sustitución; para quien no sepa como funciona: cuando surge un contrato llaman via telefonica según un listado debiendo aceptar via telefonica el mismo.
no he ido al médico ni pienso ir pues tengo u diagnostico claro que no precisa tratamiento médico tan solo reposo y tiempo
la pregunta es la siguiente: si me llaman y acepto el contrato y cuando vaya a firmar digo que he sufrido un percance bajandome del autobus ¿se podria considerar eso accidente laboral o debo de firmar primero el contrato?
tengo duda en saber si se podria considerar accidente de trabajo en itinere o si deberia de firmar primero el contrato y luego fingir el accidente.
p.d: ya se que es un fraude lo que voy a cometer pero mas delito es estar en el paro y no tener estar cubierto de ninguna manera.
gracias por las contestaciones y espero que no seais muy duros conmigo.