¿Cuales son las costas de un juicio, si se presenta cuantía indeterminada?¿Puede decir el juez, que es sobre la cantidad reclamada, si no se determina?.
A ver si nos leemos la Ley de Enjuiciamiento Civil, que no te va a morder:
Artículo 394. Condena en las costas de la primera instancia.
1. En los procesos declarativos, las costas de la primera instancia se impondrán a la parte que haya visto rechazadas todas sus pretensiones, salvo que el tribunal aprecie, y así lo razone, que el caso presentaba serias dudas de hecho o de derecho.
3. las pretensiones inestimables se valorarán en 18.000 euros, salvo que, en razón de la complejidad del asunto, el tribunal disponga otra cosa.
Disculpa mi desconocimiento Juan Carlos, no soy jurista, no sabría ni donde buscar, pero gracias por tu respuesta esclarecedora, como siempre. Un saludo cordial.