Hola otra vez, después de un preaviso de 15 dias nos darán la carta de despido la semana que viene el 16, pero dice la empresa que el despido se hace efectivo el 14. Como el 14 lo tenemos de vacaciones es como haber ido a trabajar ese dia y el 15 es festivo. ¿Entonces el plazo para demandar empieza a contar el 16 cuando nos dan la carta de despido y el finiquito y no el 14?. ¿Y si nos la dan el 17 hay que ir a trabajar esos dias?. Habrá que poner la fecha real en la carta de despido además de no conforme entonces. Gracias y un saludo.
Que ratas, lo hacen así para ahorrarse el festivo, yo si recibo la carta el 16, (entiendo que para recibirla el 16 tengo que ir a trabajar ¿no?), pues entonces que digan lo que quieran y que pongan la fecha que les de la gana, yo pongo la fecha del dia en que me dan la carta de mi puño y letra, la firma y firmo no conforme.
No me vale que me digan que no que el 16 no voy a trabajar pero tengo que pasar por la oficina a recoger la carta, yo si me persono en la empresa es para trabajar sino no tengo porque aparecer por la misma.
Ya lo suponía, pero el lugar de trabajo es una delegación de lajunta de andalucia, la empresa es tragsatec y a su oficina sólo ha habido que ir a firmar el contrato y la carta de despido, hay cesión ilegal de trabajadores pero eso es otra historia, ya lo puse en la otra hebra. No se si será mejor no firmar y que manden un burofax que pondrá la fecha. No tengo claro si hay que ir a trabajar el dia del despido, la empresa ha dicho que no se vaya.