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¿ Cual es el mínimo de una paga alimenticia?

10 Comentarios
 
¿ cual es el mínimo de una paga alimenticia?
29/07/2008 22:43
Hola estoy pagando en la actualidad a un hijo de 19 años 225 euros, y mi situacón ha cambiando drásticamente, mi mujer se ha quedado sin trabajo y hemos tenido un hijo.Yo tengo una nómina de 900 euros, y tengo el bebé comentando más una niña de 8 años.Creo que podría pedir reccción en la paga alimenticia, pero no sé si me conviene, es decir, si me va a costar más el abogado que lo que voy a obtener en la reducción ( en caso de obtenerlo claro, que ésa, es otra.) Por ello pregunto con esta cirustancia, de que en caso de conseguir rebaja, de cuánto podría ser.Yo pienso que tendría derecho al mínimo, pero cual es este mínimo.Gracias.
29/07/2008 23:07
Halo, no hay ningún mínimo establecido. Un juez, si ve motivos justificados, puede reducir la pensión hasta cantidades casi insignificantes o incluso suspenderla por un tiempo. Eso sí, con su sueldo, me parece que no se la van a reducir demasiado, si es que lo consigue, como usted bien dice.
29/07/2008 23:16
El precio de un abogado para este tema tiene una media de 1200€ 250 de procurador,supongo puede variar segun comunidades y otros varemos,
Nosotros pedimos una modificacion de pension alimenticia,y el juicio tardo unos 6 meses,hace casi dos estamos en espera de sentencia.
El tema de su mujer no varia en su relación con el hijo de 19 años.Si usted cree que su circunstancia personal ha variado considerablemente ponga una demanda,pero personal,la de su mujer no interfiere.
30/07/2008 01:48
la cuestion seria si el hijo de 19 todavia depende de sus padres total o nada o parcialmente.????
05/08/2008 17:12
Halo,no hay minimos ni maximos,lo q si te digo esq tu hijo no tiene q pagar tus circunstancias,si has tenido mas hijos y no podias economicamente pues como todo el mundo,no los hubieras tenidos ,si tu actual mujer se qda sin trabajo no pretenderas q lo pague el.Mientras el estudie bien,tiene sus derechos,si tuvas por aho teniendo muchos hijos con alguien q no tiene seguro su trabajo sera tu problema no el de el,asi q no busques tres piel al gato y en vez de gastar dinero en abogados(Q SE ESTAN FORRANDO CON HISTORIAS COMO LAS TUYA),podrias pluriemplearte o buscarle algo a tu mujer,ya q teneis muchas bocas q alimentar.Un saludo.
06/08/2008 00:33
maticadehierbabuena@hotmail.com Halo te puedo decir que tienes que hacer solicitar al juez de familia un cambio del comvenio regulador y demostrar que te estas empobreciendo que tus ingresos son menores que los que tenias, tu nueva pareja no tiene nada que ver sus ingresos y es un tanto porciento de tu nomina. suerte
09/08/2008 09:33
Halo, no hay mínimos ni máximos.
En mi caso, el padre de mi hija, no tiene trabajo, ni recursos económicos, no le pasa nada de nada. Al no pasarle nada tampoco ve a la niña.
Saludos
11/08/2008 16:20
Es decir, que como no tiene dinero no tiene hija. Muy bien doña Azuleima, muy bien. En veintinueve palabras se ha definido completamente y ha mostrado su total falta de moralidad. Enhorabuena.
11/08/2008 18:21
Oquendo, primero una falta de respeto.
Aunque no tenga dinero claro que tiene una hija, pero por culpa de terceros no la puede ver.
Yo soy la primera que lo paso mal ante la situacion que tengo, pero no puedo hacer nada.
Saludos
12/08/2008 22:21
Hola halo,
hoy precismente he leido en la web de noticias juridicas sobre tu caso. Te pongo lo que pone.... PETICION DE REDUCCION DE LA CUANTIA DE LA PENSION ALIMENTICIA... El cese de convivencia viene a suponer una situación más gravosa, económicamente hablando; uno de los cónyuges tendrá que trasladar su domicilio, lo cual implica generalmente gastos nuevos de arrendamiento o compra; así mismo se unen los gastos derivados del régimen de visitas, como también la posible liquidación de la sociedad conyugal.

Todos estos factores tuvieron que tenerse en cuenta cuando se fijó el contenido de la pensión alimenticia. Lo que no se pudo prever son las alteraciones de otra índole cual pueden ser las variaciones relacionadas con el puesto de trabajo (despido, jubilación anticipada, reducción de la jornada laboral y por tanto disminución del sueldo, etc.).

Estas vicisitudes pueden desencadenar una situación de empobrecimiento, conducente a la imposibilidad de hacer frente al abono de la pensión alimenticia, lo cual se traducirá en la necesidad de plantear una demanda de modificación.

Quien presente la demanda vendrá obligado al efectivo cumplimiento de los requisitos exigidos para la modificación por causa de disminución de ingresos.
Presupuestos necesarios:
- La disminución de ingresos ha de ser posterior a la sentencia en la cual se fijaran las medidas.
- La disminución debe de tener entidad suficiente y relevante para justificar la modificación.
- La situación no debe tener carácter puntual.
- Las circunstancias que motiven dicha disminución deben ser ajenas totalmente al obligado al pago.
- La disminución debe venir acreditada.

En la demanda habrá de tenerse en cuenta, por un lado, la situación económica en el momento de dictarse las medidas y, por otro, la situación actual. Comparándolas deduciremos si se ha producido una disminución efectiva y a cuanto asciende. Seguidamente será necesario acreditar que la actual situación no es puntual, y que su origen no se debe a la voluntad del obligado al pago. Recordemos en este punto que el artículo 1.214 del Código Civil señala que la carga de la prueba recaerá en el actor.
En referencia a la situación laboral podremos encontrar distintos supuestos, cada uno de los cuales merece estudio aparte en el cual no vamos a entrar. Simplemente anotamos las diferentes posibilidades:
- Trabajador por cuenta ajena:
- Cuando el actor sigue en la misma empresa
- Cuando el actor deja la empresa anterior para incorporarse a una nueva.

- Trabajador autónomo o por cuenta propia.
- El obligado al pago pasa a estar en la situación de jubilado.
- El obligado al pago se encuentra en situación de desempleo.
En cada uno de los casos mencionados habrá que estudiar de forma pormenorizada las circunstancias en que se produce, así como la documentación justificativa aportada.
Para mas informacion busca en el google noticias juridicas en Articulos Doctrinales y ahi tienes mas respuestas.
Espero que he podido ayudarte aunque sea poco. Suerte
12/08/2008 22:55
Pero en ningún caso dirá que por tener un segundo hijo, tenga que quitarle al primero sus derechos adquiridos. Mejor que se busque su pareja un trabajito.