Buenas noches, muere viuda de 5 hijos y deja terrenos a su nombre, sin testamento. Cual es el lapso para alegar la prescripción de la obligación tributaria?. Gracias por la ayuda!
Si te refieres al plazo para prescriba una obligación tributaria el mismo es 4 años (art. 66 Ley General Tributaria). En el caso del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones el mismo empieza a contar desde el devengo, es decir desde el día del fallecimiento de la persona.