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¿Cual es el IRPF aplicable a una indemnizacion??

16 Comentarios
 
¿cual es el irpf aplicable a una indemnizacion??
17/02/2013 21:14
Hola, buanas tardes.

Queria saber cual es el IRPF que se aplica a un despido improcedente si no se va a conciliacion, es decir a la indemnizacion que da la empresa.

Muchas gracias.
17/02/2013 21:24
Pues “si no se va a conciliación” posiblemente el que corresponda

http://portaljuridico.lexnova.es/practica/JURIDICO/134550/a-raiz-de-la-ley-3-2012-de-reforma-laboral-esta-exenta-en-el-irpf-la-indemnizacion-por-despido-imp

http://es.lexdir.com/articles/la-indemnizacion-por-despido-exenta-de-irpf-194
17/02/2013 21:30
Gracias, lo que quiero saber es cual es ese porcentaje que corresponde a las indemnizaciones, es decir, que porcentaje de la indemnizacion es el IRPF.
17/02/2013 21:41
Tributa como un rendimiento de trabajo y depende de varios cómputos: importe/s, si hay más de 1 pagador ....

Mira este link : http://impuestosrenta.com/las-tablas-de-irpf-en-2013/

SalU2
17/02/2013 21:47
Muchas gracias, entonces debera ser el mismo porcentaje que en las nominas, no?
Como puede haber mas de un pagador en una indemnizacion?

Un saludo y gracias de nuevo.
17/02/2013 22:11
No, no creo que sea el mismo porcentaje que la nómina; será bastante más, depende del importe de la indemnización.
El rendimiento del 2013 lo efectuarás en el próximo ejercicio (2014). En el 2013, de momento, tienes :
* Un pagador que es la Empresa actual ( la que te está despidiendo ).
* El Sepe (supongo que tramitarás el Desempleo) y si tienes la suerte de encontrar un nuevo trabajo, dentro del mismo 2013, tendrías un TERCER PAGADOR ( la nueva Empresa ).

En el link que te he dado tienes la tabla (es que no se puede copiar), pero para que te hagas una IDEA, solo una idea :
"Para algunos contribuyentes bastará con conocer las tablas de IRPF de 2013 para hacerse una idea de cuantos impuestos deberán pagar en la declaración de la renta, pero también hay muchos a los que les ayudará un repaso a como funcionan. Y es que el 24,75% que figura para los ingresos hasta 17.707 euros no quiere decir que quien gane esas cantidades deberá pagar un 24% en concepto de impuestos (sin tener aquí en cuenta que posiblemente ni siquiera esté obligado a presentar la declaración).
Esto se debe, entre otras cosas, a que existen una serie de mínimos exentos de tributar que ni siquiera computan y que actualmente están fijados en 5.151 euros por los que no se tributará de forma general. A partir de ahí, la situación personal de cada contribuyente puede elevar estos números ..."

SalU2
17/02/2013 22:19
Muchas gracias por la aclaracion.

Yo lo que quiero saber es el IRPF que se aplicara a la indemnizacion en si, es decir en el momento del pago de la indemnizacion en que porcentaje se vera reducido ese importe. Si corresponden por ejemplo 10.000 euros de indemnizacion al no ir a conciliacion, en cuanto se quedaria? Como afecta a la renta si lo entiendo.


Muchas gracis de nuevo.
17/02/2013 22:24
Yo también tengo curiosidad. Supongo que se cobrará la indemnización completa y cuando llegue la hora de hacer la declaración de la Renta llegará también el palo. ¿Es así?
17/02/2013 22:29
No se cobra la indemnizacion completa, eso si lo sé, lo que no sé es en cuanto se vera reducida.
17/02/2013 22:30
Pues ... para esta cantidad, pueden restar desde el mínimo aplicable hasta el 20, 21% o más, o simplemente el que te retenían en nóminas. Si el % aplicado no es el correcto, luego ya te lo encontrarás cuando hagas la declaración.


SalU2
17/02/2013 22:33
Pero por qué no vas a conciliación ???
17/02/2013 22:43
La empresa para hacer antes el pago, ya que al ir a conciliacion se tarda algo mas en recibir la indemnizacion va a pagar ya y luego pondra un abogado que ira a conciliacion en representacion de todos para la devolucion del irpf, por eso queria saber cuanto seria mas o menos lo que recibire.

Muchas gracias
17/02/2013 22:58
Exacto, Mosca, así es.
La Empresa le pueda pagar esos 10 mil € del ejemplo, íntegros, y no aplicarle ningún descuento a cuenta del irpf.
Luego ... en el 2014 ... 'hacienda' y 'ciudadano' ... ya se encontrarán.

También depende de lo que Kuza acabe percibiendo en todo el año 2013 y cuantos pagadores tenga y su situación familiar/personal, etc, etc ... Es que es muy difícil saber, ahora y exactamente, estos supuestos 10 mil €, en cuanto se le quedarán, realmente en neto.


Kuza, lo siento, pero no sé las intenciones de tu Empresa de no conciliar una cantidad de indemnización.



17/02/2013 23:13
Siento discrepar de lo que dices Marobara. No es tan sencillo como que "La Empresa le pueda pagar esos 10 mil € del ejemplo, íntegros, y no aplicarle ningún descuento a cuenta del irpf y Luego ... en el 2014 ... 'hacienda' y 'ciudadano' ... ya se encontrarán".

El sujeto obligado y responsable de practicar las retenciones del IRPF es la empresa. Si esta no practica las retenciones, cuando el trabajador realice su declaración podrá reclamar a la empresa como sujeto responsable de esas cantidades.

Salvo mejor opción.
17/02/2013 23:18
Kuza,
se cruzaron los últimos posts ....


" .... La Empresa va a pagar ya y luego pondra un abogado que ira a conciliacion en representacion de todos para la devolucion del irpf ... ?

O sea, os está condicionando a que aceptéis YA menos dinero a cambio de que firméis y luego la propia Empresa pondrá un abogado para ir al Smac para que reconozca la improcedencia y entonces la Empresa os devolverá el dinero que os haya descontado de irpf ??? (Permíteme que lo dude).
Porque de ser así, te aconsejo que lo hagas al revés. Que te indemnicen con la cantidad íntegra, pon tu la papeleta de conciliación y punto.
Si firmas una indemnización con dto. de Irpf, se considerará pacto entre Empresa y trabajador.
17/02/2013 23:29
La improcedencia esta reconocida, tanto mediante burofax como en la indemnizacion pero si se hace el pago ya en vez de ir a conciliacion, te quitan el irpf. Si vas a conciliacion no te lo quitan. Hacen ya el pago y luego ponen un abogado simplemente para la devolucion del irpf a todos los trabajadores. Simplemente queria saber cuanto es ese irpf, lo demas lo tengo todo claro.
Saludos
17/02/2013 23:36
Dsg29, el hecho de que 'hacienda' y 'ciudadano' ... ya se encontrarán" no es para bien ni para mal, es, simplemente un regularizar.

Totalmente de acuerdo en lo que dices :
"El sujeto obligado y responsable de practicar las retenciones del IRPF es la empresa. Si esta no practica las retenciones, cuando el trabajador realice su declaración podrá reclamar a la empresa como sujeto responsable de esas cantidades".
Pero el caso del consultante es una INDEMNIZACIÓN con pleno derecho a estar exenta si la demanda como tal y se concluye con una improcedencia.
El tener que reclamar a la empresa como sujeto responsable de esas cantidades ... está muy bien, pero el jaleo lo tiene el ciudadano con Hacienda, claro que luego puedes ir contra la Empresa.

Mi opinión, solo opinión, es que, el planteamiento que la Empresa le plantea a Kuza, NO es limpio.

SalU2