Hace 15 años murió el padre de familia, dejando el usufructo a su mujer y a los hijos la nuda propiedad. Decidieron no repartir nada y liquidaron todos los impuestos correspondientes.
En 2015 muere la madre, se liquidan los impuestos y ahora quieren proceder al reparto de lo que hay, pero uno de los hijos ha renunciado ahora a las dos herencias.
1ª Pregunta: en su momento se liquidó los impuestos del padre contando a este hijo, los de la madre se han liquidado sin contarle pues renunció antes de presentarlos. Qué debo hacer con el impuesto del padre, una complementaria o lo dejo tal cuál? (lo digo porque como se liquidó el usufructo, y ahora se ha consolidado el dominio, no dará problema a la hora de registrar el inmueble a nombre de los otros hijos?).
2ª pregunta: cuando hago la valoración del inmueble en el cuaderno particional (de las 2 herencias) adjudico el % que les corresponda a cada hijo sobre el valor integro del bien? (es que me despista lo de la nuda propiedad que les dejó el padre).