Buenas tardes.
Próximamente se constituirá el comité de empresa en mi centro de trabajo. Somos 4 miembros de UGT y 1 de CC.OO Mi pregunta es la siguiente ¿qué criterios hay que seguir legalmente para nombrar al presidente, vicepresidente y secretario? ¿es forzoso que sean del sindicato mayoritario? ¿qué ley es la que regula los nombramientos de los comités de empresa?
Muchas gracias por anticipado.
Hola, supongo que si lo preguntas en tu sindicato te sacaran de dudas, pero de momento leete el Estatuto de Los trabajadores y alli encontraras como se nombra al presidente y demas cargos