Espero que te sirva esto:
Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local.
Enlace: http://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/l7-1985.html
Mira primero los artículos 15 y 16.
Criterio para determinar domicilio de la unidad familiar
¿Alguien puede asesorarme acerca de algún precepto legal que establezca el criterio por defecto para determinar el domicilio de la unidad familiar? No me interesa el domicilio a efectos del IRPF etc...sino si hay algún criterio genérico y en su caso si los tribunales se han pronunciado sobre ello.
Si alguien tiene alguna sentencia al respecto se lo agradecería enormemente. Gracias de antemano