Hola... Tengo una duda, y leyéndolos en varios temas, me gustaría saber si alguno/a me podéis ayudar a resolver:
Es un caso creo que excepcional, pero cierto,
Soy delegado sindical, y hace poco que el centro al que pertenezco se ha subrogado a otra empresa, el comité al que hacía parte en la primera empresa era intercentros, en mi centro nos han subrogado 10 trabajadores, yo incluido, tenía pensado según el convenio que no me subrogaban como delegado sindical, es decir, que perdía todo el derecho y el crédito sindical, debido a que según entiendo, si el comité formado ya con anterioridad a la empresa nueva que entro, están con el numero total de delegados, yo no pasaría como tal, al estar ya completos,
En fin, la cuestión es que yo pensaba eso y el sindicato al que pertenezco me lo ha hecho pensar así, pero sorpresa mía, LA PROPIA EMPRESA ME HA DICHO QUE ME SUBROGAN TAL CUAL, COMO DELEGADO CON TODOS LOS DERECHOS Y CON EL CRÉDITO SINDICAL, pero la cuestión es, que cuando fui a pedir las horas sindicales la empresa me las concedió, pero FUE EL SINDICATO QUIEN ME LAS NEGÓ, alegando que yo ya no hacía parte del comité de empresa de la nueva empresa, y que corría el riesgo de que me descontasen las horas de la nómina, yo reitere al sindicalista que la empresa me lo permitió y concedió pero ellos continúan diciendo que no, mi pregunta es, puede el sindicato negar el crédito horario, aunque la empresa ESTE DE ACUERDO EN QUE SE CONCEDA? Sé que normalmente sucede al revés, pero no es mi caso. Agradecería orientación, ya que me parece raro que el propio sindicato me niegue el crédito sindical y no la empresa.
- un miembro de comité o un delegado de personal (según el tamaño de la empresa) son cargos elegidos por los trabajadores, y el sindicato no puede negarle ningún beneficio asociado a ese cargo, ni pretender cesarle;
- pero un delegado sindical es un puesto que se ocupa en el sindicado, no es un cargo electo porparte de los trabajadores, y el sindicato puede destituirle de ese puesto
Gracias por responder mark9, la empresa es grande tiene más de 500 trabajadores, tal como lo explicas, delegado no soy, sería representante de los trabajadores, supongo que tampoco pertenezco al comité de empresa, ya que estaba formado antes de ser subrogado, igual sigo con la duda, si la empresa me dice que continuó igual, y al pedir las horas no me las niega, el sindicato al que pertenezco si lo puede hacer? De ser así, debería darme de baja de la OPR?
Sigo sin tenerlo claro. Lo del tamaño es porque si hay comité de empresa no hay delegados de personal, sólo podría haber también delegados sindicales.
Por eso sigo sin saber, ¿es delegado de personal o delegado sindical?
Si era delegado sindical, como ya le he dicho el sindicato puede quitarle el cargo (según lo que establezcan sus estatutos).
Si era delegado de personal, entonces aunque en la nueva empresa no forme parte del comité, sus derechos provienen de ese cargo y el sindicato no puede oponerse si la empresa lo ha admitido (efectivamente lo normal sería al contrario).