Mire, sipao6º, no pensaba intervenir porque me parece que Carlos25barcelona ya lo ha dejado bien claro, pero usted insiste.
Bien usted le notifica a la empresa con un tiempo prudencial de 24 o 48 horas de antelación que va a ejercer su derecho de disponer de su crédito horario para cuestiones de acción sindical y punto, quiero decir con esto, primero usted le notifica a la empresa y digo notifica no solicita ni nada por el estilo, segundo en cuanto a decirle a la empresa para que utiliza usted sus horas ya lo esta poniendo "PARA ACCIÓN SINDICAL" y luego le dice usted a su jefe que si quiere saber para que se han utilizado esas horas que consulte con el sindicato y luego el sindicato verá si desea contestarle o no de para que utilizo usted esas horas, pongamos por caso que usted utilizo dicho permiso para acudir a inspección para informar de negligencias que comete su empresa y así poder la inspección comprobar "in situ" tales negligencias, pues si usted comenta esto con la empresa la inspección no podrá comprobar mediante una visita dichas negligencias ¿no le parece?, por otra parte, lo que usted comenta de por necesidades del servicio la empresa le puede negar un permiso sindical, dígale usted que si se atreve le deniegue algún permiso después de usted notificárselo y que le demandará por vulneración de la acción sindical, (si hay gente de baja por IT, pues que contrate a trabajadores de la calle con un cto de interinidad que se hizo expresamente para eso, que somos mas de 6 mil de parados).
Esto es como otra consulta que leí de que el empresario les prohibía la publicación de la nómina de un trabajador cuando era éste mismo quien quería exponerla y en el tabón de anuncios del Comité. Ese tabón de anuncios tiene la obligación de ponerlo la empresa pero es propiedad del comité y la empresa no debería de tener ni llave de el mismo, ¿Quién se cree ese listillo que es? seguimos con sistemas de dirección patriarcales de aquí se hace lo que yo digo por mis h....Desde luego no se puede ser mas torpe.
SMO.
La empresa puede negarte el derecho a ejercer tu trabajo sindical porque tenga una mala organización y debido a las bajas médicas te diga que no puedes coger las horas???
gracias a vuestra experiencia, entiendo que además del comunicado que doy a la empresa como mínimo 48h y expresando que será por motivos sindicales , deberé entregar otro justificante posteriormente expresando que he realizado tareas varias????
Como dijo una vez por aqui el compañero Jesusfer sobre este tema:
En cuanto a la libre disponibilidad del crédito horario,te diré que es un derecho subjetivo del representante, y corresponde a él, según criterio jurisprudencial, la libre disponibilidad de tal crédito, lo que supone que sea de su elección el modo adecuado de utilización. (Sentencia del Tribunal Supremo de 12-2-90)
Es al representante a quien corresponde decidir si utiliza el crédito por horas o por jornadas completas y cualquier injerencia empresarial en dicha materia constituye un atentado contra la libertad sindical al mediatizar el libre ejercicio de su actividad representativa, según se recoge en diferentes sentencias, entre otras, TCT 23-11-87 y TSJ de Madrid de 7-4-93.
Corresponde al representante la libre disponibilidad del crédito, siendo por tanto de su elección el modo de hacerlo, sin requerir concesión o autorización del empresario, según señalan otras sentencias como la del Tribunal Supremo de 12-2-90 y de los TSJ del Pais Vasco de 3-12-91 y de Cantabría de 13-10-92.
Existe la obligación, por parte del representante, del preavisar y justificar el uso del crédito horario. No obstante, esta facultad empresarial no puede convertirse en un derecho de injerencia de la patronal en el derecho de representación de los miembros de Comités de empresa o Delegados de Personal.
De modo que debe quedar claro que la justificación debe de hacerse ante la petición del empresario pero no será preciso entrar en detalles, sino que, con una acreditación o citación del sindicato de haber estado en sus locales o de ser requerido a los mismos o que el Comité de empresa se ha reunido sin especificar los temas debatidos, o bien una certificación de los organismos oficiales a que se haya acudido , debe ser necesariamente suficiente.
Hay otros casos en los que como bien dices el trabajo sindical se hace en casa....muchisimas veces...por lo que bastara que en el justificante pongas "tareas sindicales varias"...si la empresa se ponte tonta.....exigirle que os de dcha peticion (la de justificar en que habeis utilizado las horas) por escrito...veras como no os la dan porque saben perfectamente que no pueden pedirlo.....saludos!
En el comunicado que presento a la empresa con la suficiente antelación, ya se dice que las horas sindicales se dedican para acción sindical, pero la empresa me exige que le dé un justificante para saber dónde he realizado y con quién dicha acción.La cuestión es que se pretende que todos los documentos ,cartas, etc que realizamos en casa en horas de nuestro tiempo personal , no las podamos compensar como hasta hora hemos hecho.La empresa quiere justificante del sindicato y allí nos dicen que si no estamos con asesor no nos dan.El local destinado a los delegados en la empresa no tiene ordenador y no podemos ejercer nuestro trabajo por eso nos llevamos trabajo a casa.
Disculpa que discrepe Mott&L pero por lo que tengo entendido el preaviso de las horas sindicales se hara siempre que sea posible....ya que pueden surgir reuniones de ultima hora, o incluso estar trabajando y tener que coger alguna hora sindical para poder atender alguna consulta...hay mucha jurisprudencia al respecto....sipao6 pregunta...se debe pedir permiso???? eso jamas!!! las horas sindicales son un derecho..por lo tanto no se ha de pedir permiso para disfrutarlas...y en tu respuesta le dices que si.........y en cuanto a lo que se van a dedicar...tambien discrepo...la empresa no tiene porque saber en que se van a utilizar esas horas......tambien hay jurisprudencia al respecto.....salvo mejor respuesta.....ah, y no soy abogado.... ;)
Sí, debe comunicar a la empresa con la antelación prevista en el convenio de aplicación, cuándo va a hacer uso de las horas sindicales y a qué las va a dedicar.
Como delegado personal, se debe pedir permiso y justificar el crédito horario destinado a la acción de tareas sindicales???
La empresa me ha dado una carta "amenazadora" por sanción grave si no lo hago.
Hasta ahora he avisado por escrito 48h antes.
Existe alguna jurisprudencia al respecto que me lo aclare. Gracias