Gracias aeme es lo mas objetivo que he leido.
Como nota aclaratoria queria decir que en los 15 años que llevo trabajando no se ha descontado a Nadie ni un solo centimo, por acudir al medico ni siquiera cuando a final de año se han rebasado las horas del medico, que hasta hace poco era de 12 horas anuales, y no han sido pocas las veces que se han rebasado y sin contar embarazos, por algunos trabajadores, que por cierto si miras a lo largo de los 15 años el circulo se reduce a unos pocos que han tenido la "desgracia" de agotarlas en varios de estos años.
Tambien se ha hecho la vista gorda,incluso sabiendo que en ocasiones se ha abusado de la buena fe y se han utilizado para llevar a los hijos sin que este permiso le correspondia ( digo correspondia = retribuido, porque tambien recientemente se ha incluido en el convenio, pero sin retribuir), esta es una ciudad pequeña y no nos conocemos todos pero si la mayor parte de pedriatas de la S.S. cuyos nombres venian en los justificantes.
Bueno, yo sólo entro para decir que aunque la solicitud de cambio de médico esté regulado por ley (creo recordar), en la practica aunque por el motivo que sea te quieras cambiar a otro médico, uno de los requisitos principales es que tal médico no tenga el cupo llen, pues si no al final te tienes que quedar con el que ya tienes asignado o con otro que tenga el cupo por ajustar.
No sé lo que pretendes pero yo no he cambiado de opinión. Para que te quede clarito, a menos que la empresa pueda demostrar que "ceteris paribus" (esto incluye el médico, claro) la persona puede obtener una cita a una hora que no coincida con el trabajo, mal lo tiene. Puede pedirle que cambie de médico, pero si no lo hace mejor que no le descuente nada. Este artículo de vuestro convenio es una mejora del ET y así debe ser entendido.
Un saludo
- Dices que el Convenio establece 18 horas anuales retribuidas para ir al médico.
- Cualquier trabajador, aunque no tenga reducción de jornada, podría como tú dices intentar ir al médico fuera de su horario laboral.
- Luego el problema aquí no es que tenga o no reducción de jornada. Se supone que si un trabajador tiene reducción de jornada es para dedicar ese tiempo a cuidar a su hijo. Si tiene que ir al médico, no pretendamos que saque el tiempo de ahí, mientras que a los demás se les permitiría sacarlo de su horario de trabajo.
- Otra cuestión, entiendo yo, es que si tiene redución de jornada al 50 % también se reduzcan esas horas a sólo 9. Con lo cual ya se ocupará ella de administrarselas bien.
- Es lo mismo que si hay un curso de formación, si a todos los trabajadores se les hace acudir en horario de trabajo, sería injusto pretender que un trabajador con reducción de jornada tuviera que hacerlo precisamente en ese tiempo de reducción.
¿No crees que seria mas sencillo si el "Latigo" pidiese en el curriculum de un nuevo trabajador el horario de su medico de cabecera para asi saber si le ineresa o no contratarle?
Me parece absurdo. He igual que me desmontas este articulo, yo te podria desmontar casi todos los de cualquier convenio. Y no solo a favor del empresario aunque creas lo contrario. Y si no lo crees te pongo ejemplos
¿Por cierto ese jefe que conoces no te diria quien sujeta el latigo? yo no lo tengo claro.
¿Que te ha hecho cambiar de opinion?
Te vuelvo a citar
"Tal como lo planteas, me parece ridículo el artículo del convenio, porque según tú con elegir a un médico que no coincida en horario con el de la empresa, ya no haría falta ese artículo"
TE CITO:
Pues depende de las horas de consulta de su médico. Mi médico de cabecera de la SS consulta en mi ambulatorio de 10-12, porque después tiene consulta en otro. Si la empresa puede demostrar que podría obtener una cita fuera de su horario, sí podría exigírselo, según vuestro convenio.
Un saludo
A la hora de elegir mi médico te aseguro que en lo último que pienso es en el horario del trabajo. Busco el que mejor me parezca, del que tenga mejores referencias, el que me quede más cómodo, etc. Si coincide dentro del horario de la empresa, lo siento.
Tú no pudes obligarlo, ni quieres, pero pretendes que te sirva o le sirva a tu empresa como disculpa para no retribuir esa ausencia.
Tal como lo planteas, me parece ridículo el artículo del convenio, porque según tú con elegir a un médico que no coincida en horario con el de la empresa, ya no haría falta ese artículo.
Bueno también queda la solución de masificar las urgencias con catarros de 37,5º, como están abiertas 24 horas, malo será que tu trabajo no te permita hacer un hueco.
No te lo tomes a mal, pero un jefe que conozco suele decir "mandos intermedios..., el esclavo no quiere ser libre, quiere ser látigo".
Un saludo
¿¿¿¿ Obligarlo ?????
JA JA JA JA JA JA JA JA
Los unicos que tienen obligaciones son las empresas. Digo obligaciones en plural porque la unica "obligacion" real y demostrable del trabajador es que entre y salga ( pitando en la mayoria de los casos) por la puerta de la empresa de tal hora a tal hora.
El resto es indemostrable.
Bromas aparte, nadie puede obligar a nadie a cambiar de medico sino lo que te digo es que EXISTE la posibilidad de ir al medico FUERA del horario de trabajo, si tu lo eliges dentro del horario es decision solo tuya y no de la empresa.
Pon el caso al revés, es tu primer empleo y hasta ahora el medico que tenias que te corrspondia por tus padres o tu conyuge lo debes de cambiar por asignarte un numero de la S.S. como primera vez que empiezas a cotizar, a la hora de elegir cual eligirias el que tenias, que tiene consulta pongamos fuera del horario de trabajo u otro que está dentro del horario de tu nuevo trabajo.
Tu misma
¿Pretendes obligarlo a que cambie de médico de cabecera porque el horario que tiene no le viene bien a la empresa?
No, creo que eso no se puede aplicar a ese párrafo.
Mi medico de cabecera en concreto tiene horario de 9 a 13:00h
En mi cominidad autonoma podemos cambiar el medico de cabecera.
Incluso los hay con consulta por la tarde.
¿Este matiz no podria aplicarse al parrafo de "siempre y cuando no pueda realizarse fuera de las horas de trabajo"?
Pues depende de las horas de consulta de su médico. Mi médico de cabecera de la SS consulta en mi ambulatorio de 10-12, porque después tiene consulta en otro. Si la empresa puede demostrar que podría obtener una cita fuera de su horario, sí podría exigírselo, según vuestro convenio.
Un saludo
Hola buenos dias soy nuevo en este foro, pero por lo que he leido haciendo la busqueda de mi Duda me parece que voy a venir a menudo, aunque no soy ni abogado ni nada parecido, en todo caso podria hacer de abogado del diablo en mas de una ocasión. Bueno sin mas ahi va mi Duda.
En nuestro convenio pone que " las personas tendrán derecho a 18 horas anuales retribuidas para acudir a la visita del médico de cabecera o del médico especialista de la Seguridad Social o entidad concertada por la misma, siempre que esté debidamente justificada y no pueda realizarse fuera de las horas de trabajo, respetandose los pactos ya existentes sobre la materia en las empresas que mejoren lo aqui establecido."
Soy jefe de personal, yo no gano nada de lo que se pueda descontar a un trabajador, ni nadie me da las gracias cuando pongo la cara por algun trabajador, ni lo pretendo. Una vez aclaredo este punto mi pregunta es:
Una trabajadora tiene reducción de jornada del 50% por guarda legal y su horario es de 7:00H a 11:00 y se va al medico de cabecera a las 8:15, Yo aparte de ser Jefe de personal tambien soy trabajador y por lo tanto una persona que a veces tiene la necesidad de ir al medico, y cuando llamo para pedir cita al medico de cabecera SIEMPRE me han dado cita a una hora si me interesaba y me han dado opción a poder cambiarla ( otra cosa distinta son los especialistas, aunque ese es otro tema) y esto lo digo porque queria saber si la empresa tiene algun medio de decirle a la trabajadora que cambie el medico a una hora que no sea de su jornada de trabajo o directamente desconarlo,
Gracias y perdon por la extension, aunque seguramente podré extenderlo mas segun las respuestas.