En relacion al credito bancario que en mi comunidad van ha solicitar por valor de 1.400.000 euros como he comentado en otro tema la pregunta es la siguiente por si alguien sabe por favor contestar: hay dos formas de pago una al contado 12 meses y otra bancaria a 120 meses como credito a la comunidad del banco Bankinter, la pregunta es si yo lo pago al contado en los 12 meses mi respsonsabilidad termina al haber hecho efectiva mi deuda, o sigue hasta los 120 meses.
Espero sus sabias respuestas un saludo.
Ya he recibido la contestacion a mi pregunta por Jalisco que le doy las gracias y no puedo hacer nada para anular dicha situacion pregunto? creo que eso no es justo yo pago en 12 meses y quien firme el credito de la comunidad tiene 120 meses y si hay morosos sigo yo siendo responsable.
se puede hacer algo. Gracias
De las deudas de la comunidad responden todos los propietarios según su coeficiente. Puede haber una deuda o impago provocado por algún moroso, en cuyo caso la comunidad responde ante el acreedor y el moroso ante la comunidad.
Todo eso debiera ser valorado a la hora de contratar un préstamo.
Cuidado,el ert 22.2 de la LPH limita la responsabilidad de los propietarios no morosos.
LPH Art 22
1. La comunidad de propietarios responderá de sus deudas frente a terceros con todos los fondos y créditos a su favor. Subsidiariamente y previo requerimiento de pago al propietario respectivo, el acreedor podrá dirigirse contra cada propietario que hubiese sido parte en el correspondiente proceso por la cuota que le corresponda en el importe insatisfecho.
2. Cualquier propietario podrá oponerse a la ejecución si acredita que se encuentra al corriente en el pago de la totalidad de las deudas vencidas con la comunidad en el momento de formularse el requerimiento a que se refiere el apartado anterior.
En estos casos, es mejor que el que necesite un préstamo que se lo busque como quiera, bien por banco, agencia financiera, etc... Sí la comunidad pide un préstamo, la comunidad en su conjunto tiene que devolverlo, y si hay alguno que no paga, lo pagarán los demás. Bien es verdad que la comunidad puede ir después demandar a este propietario que es deudor, pero esto es un follón de cojo____s.
Dice Vd...."quien firme el credito de la comunidad".... Si es así, no es que la Comunidad de propietarios pida un credito, sino que el Banco ha emitido polizas individuales a los vecinos que han elegido esa modalidad, y que los fondos se destinan a las obras de la Comunidad. Ahí la responsabilidad sería individual, ya que no es un prestamo directo a la Comunidad, sino a unos vecinos en concreto. Independientemente de que los fondos tengan un destino definido.
Los propietarios no van a firmar uno a uno, ni van a solicitar un crédito, será la comunidad quien lo solicitará y en representación lo firmará el presidente.
Peternero. Haga usted lo mismo que el resto de propietarios y no lo abone en menos tiempo
Sobre credito bancario a la comunidad, como dice Jalisco debiera de solicitar yo tambien el prestamo bancario de 120 meses, lo he pensado pero segun el administrador en estos 1o años se puede cancelar pero los intereses restantes lo absorve el banco , cuando yo he cancelado algun prrestado por lo menos me he favorecido en no pagar los intereses restantes , esto es un lio. Yo creo que lo mejor es verder el piso.
Peternero nos confunde.
Si se solicita un préstamo para obras en una comunidad, éste préstamo unicamente lo firma el presidente que por eso es el representante de la comunidad, y todos seran responsables, se acojan a él o pagen por adelantado.
A usted nunca puede interesarle pagarlo adelantado
Peerdon no es mi intecion confundir, el prestamo lo firmara el presidente, supongo que para los que se acojan al prestamo a 120 meses.
Los que quieran al contado tienem 12 meses para pagarlo con lo cual entiendo que no firmara el presidente nada.
Existen dos tipos de préstamos a las comunidades o mejor dicho, dos modalidades. Donde la firma el presidente exclusivamente y también donde cada uno de los propietarios firman ese préstamo. Los bancos saben el problema de los impagos de las comunidades cuando es un préstamo general a la hora de cobrarlo y por ello también toman sus precauciones. A la hora de un embargo si la comunidad no tiene fondos, los bancos tienen un problema,pero si lo firman de firma individual, el banco puede actuar directamente contra los propietarios morosos.