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Credito bancario a la comunidad vecinos

6 Comentarios
 
Credito bancario a la comunidad vecinos
24/04/2022 10:14
Se ha aprobado en junta la peticion de un credito bancario a nombre de la comunidad de vecinos bastante alto (1.400.000) ha pagar de 2 formas al contado (12 meses) o bancario 120 meses la cantidad correspondiente a cada puerta.
Mi pregunta es si puedo impugnar el acta por no esta detallado en el acta puerta por puerta las aprobaciones, abstencicones y negaciones.
Y segundo que consecuencias legales tiene el impago de la parte por los mosoross y si puedo negarme al pago de las cantidades.
Saludos.
24/04/2022 10:38
El detalle de los votos sólo es obligatorio cuando es relevante a efectos de alcanzar el acuerdo.
Lo acuerdos alcanzados vinculan a todos los copropietarios por lo que los impagos deben seguir el procedimiento legal: aprobación de liquidación por la junta, requerimiento, monitorio y juicio.
24/04/2022 17:17
peternero
Impugnar un acuerdo porque en el acta no detallen los votantes a favor, en contra y abstenciones no lo veo factible si se figuran a los asistentes, su coeficiente de participación y el resultado obtenido. No le veo un motivo para impugnar un acuerdo y que prospere.
Otro asunto es la forma de pago y si usted ha votado en contra, aunque tendría que tener un argumento lo suficientemente sólido para que pudiera prosperar.
También se tendría que conocer los motivos del préstamo y su fin.
25/04/2022 09:37
Para fontanero y pepelu 90 gracias por informarme, encuanto a lo que indica fontanero para que seria el motivo del prestamo es para realizar obras de mantenimiento en los bloque que conforma la urbanizacion, 10 concretamente.
Yo estoy de acuerdo en la realizacion pero no en la forma de pedir un credito a nombre de la comunidad preferiria que cada vecino se arreglara como pudiera pues creo que de esa forma la banca siempre gana ademas a los que cumplimos siempre " hasta que me arte," tendremos la amenaza de los morosos ademas del banco correspondiente. saludos.
25/04/2022 09:48
peternero
Su argumento me parece razonable, pero si no obtuvo la mayoría en la junta será por algún motivo. Evidentemente las comunidades a veces adoptan decisiones equivocadas (no sé si es el caso) pero eso no exime de su cumplimiento a todos los copropietarios.
Si hay un problema de morosidad endémica, quizás haya que mejorar su gestión.
25/04/2022 11:09
Le comprendo perfectamente porque a mí me ocurre una cosa parecida. No por pedir préstamos, pero si por hacer derramas. Yo no tengo problemas de liquidez y si tengo que hacer un pago necesario lo puedo hacer, pero en la comunidad acuerdan hacer un fondo de ahorros de 50€ por vecinos y mes. A mí se me ha respetado mi decisión siempre, y pago en el momento de iniciar las obras.
Por ello le digo que le comprendo perfectamente. El que necesite un préstamo que se vaya a Cofidis o donde quiera, lo pida y asunto resuelto. Y claro, los morosos así no se dejan ver porque con ese préstamo se tapan y ya pagarán, si pagan claro!!.
25/04/2022 12:08
peternero
Buenos días:

En primer lugar, el acta es subsanable por lo que usted podría solicitar-mejor por escrito- la subsanación de la misma al Secretario o al administrador. En Junta posterior dicha subsanación deberá ser aprobada por mayoría simple.

En su caso concreto, la subsanación es relevante ya que votó en contra del acuerdo pero dicho voto no consta en el acta como emitido por usted, lo cual le generaría importantes problemas de prueba ante una hipotética impugnación judicial por su parte de ese acuerdo.