Si estás en situación de incapacidad temporal, no puedes trabajar. Es así de simple, ni para una sociedad de un tercero ni para una propia. La cuestión es que te tendrías que dar de alta en seguridad social, en el RETA o en el R. General, en función de las participaciones. Otra cosa es que seas mera accionista, como si eres del Banco Pepe, que no implica alta en seguridad social. Pero si eres accionista, administradora y/o trabajadora de la sociedad, mientras estés en IT no puedes trabajar.
Es lo que no entiendo,porque sería otra actividad que nada tiene que ver con la que causo la baja y sería un cif no un dni,sabes donde puedo mirar esa incompatibilidad de la que hablas para poder entenderla mejor? Te lo digo porque no encuentro nada al respecto pero si he visto varias sentencias que si Dan pie a crear una empresa y facturar porque las actividades era distintas y nada tenían que ver
Ando muy perdida
Muchas gracias por contestar
Una cosa es CREAR una empresa, es decir, todos los trámites administrativos, notariales, registrales...y otra cosa es ejercer una actividad en ella si se está de baja. Lo primero sí, lo segundo, no
Se puede crear una S.L o una S.L.U so estas de baja medica por it pero ya sin contrato laboral por despido y te paga la mutua?
Una empresa para facturar con normalidad
Es una duda que tengo y que nadie me ha podido resolver con la ley en la mano
Gracias!!