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creacion sl

2 Comentarios
 
21/09/2007 18:24
Cuando te inscriban la sociedad en el Registro Mercantil, tienes que legalizar (que no inscribir) el Libro de Actas y el Libro Registro de Socios (además, si la sociedad es unipersonal, el libro de contratos con el socio único).

Dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio social (normalmente hasta el 30 de abril) tendrás que legalizar el Libro de inventario y cuentas anuales y el Libro Diario.
21/09/2007 14:02
Ahora no tienes que registrar ningun libro, ahora tienes que registrar las escrituras de la sociedad. Primero liquida en la Delegacion de Hacienda de tu comunidad y luego aporta las escrituras al Reg. Mercantil junto con el CIF de la empresa.
Creacion sl
12/09/2007 12:32
Hola necesito ayuda
Estoy intentando crear una sl
tengo ya las escrituras del notario es decir ya he realizado lo pasos previos
Ahora tengo que liquidar el 1%
y registrar la sociedad.
Mi pregunta es la siguiente. Los libro que tengo que registrar cuales son?
y si decido hacer el deposito de cuentas posteriormente mediante fichero informatico tengo que registrar ahora los libros?
que plazo tengo para registrarlos?
espero vuestra pronta respuesta. con esto de las vacaciones se me ha pasado el mes que tengo para liquidar el 1% y me temo que incluso tendre sancion de hacienda.