Respecto a la primera pregunta, teniendo en cuenta el porcentaje que tienes en la sociedad puedes elegir ser contratada laboral o darte de alta en autónomo. Lo que más te convenga. Normalmente si te das de alta en autónomo, debe ser la empresa la que paga le debida cuota (si hay pacto).
La segundo pregunta también es fácil: En los Estatutos de la Sociedad debe reflejar los siguiente en uno de los artículos: "Se requerirá una mayoría cualificada del 70% de los votos para la adopción de los siguientes acuerdos:
- ampliación de capital
- disolución, escisión, fusión de la sociedad
- ingreso de nuevos socios
Y aquellos supuestos que consideres podrían dejarte fuera de la sociedad....
Hola. Una persona con capital me ha propuesto crear una sl. El aporta el 100 por 100 del capital y yo hago los programas informáticos para luego venderlos. Me plantea que él tendría el 60 y yo el 40%. Mis preguntas son: Podrá la sociedad contratarme como trabajador pro cuenta ajena o tendré que dareme de alta enautónomos? y qué salvaguardas puedo poner en los estatutos o en pactos aparte (si se pueden) para que el socio mayoritario no decida ampliaciones de capital que me dejen fuera del negocio por no poder hacer frente a las mismas en mi %. Gracias. Un saludo