Canaleja, de donde szca usted el HASTA.
No entiendo ni comparto su exposicion.
Dice bien claro que si excede de tre mensualidades....
Pero el hasta es de su cosecha.
Voy a pagar mas de ibi cuando hagan las piscina.? Yo. Al no estar interesada no voy a disfrutar de ella. Pero como está en mi urbanización repercutirá en el ibi de mi vivienda?
Ud analice el texto:
No obstante, cuando por el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación, se adopten válidamente acuerdos, para realizar innovaciones, nuevas instalaciones, servicios o mejoras no requeridos para la adecuada conservación, habitabilidad, seguridad y accesibilidad del inmueble, no exigibles y cuya cuota de instalación exceda del importe de tres mensualidades ordinarias de gastos comunes, el disidente no resultará obligado, ni se modificará su cuota, incluso en el caso de que no pueda privársele de la mejora o ventaja. Si el disidente desea, en cualquier tiempo, participar de las ventajas de la innovación, habrá de abonar su cuota en los gastos de realización y mantenimiento, debidamente actualizados mediante la aplicación del correspondiente interés legal.
Quiere decir que:
Lo que exceda de 3 mensualidades no le repercute, pero si la cantidad hasta.
En resumidas cuentas, anualmente a los no votantes les repercute el 25% de los gastos de piscina, instalación y mantenimiento.
Mi consulta es. En mi urbanización somos 200 vecinos. 125 están a favor de construir una piscina. Como son las 3/5 parte pueden hacerla. Los que no estamos interesados no vamos a pagar. Pero mi duda es. El agua. Luz y demás gastos que genere dicha piscina tendrían que hacerla mediante contadores independientes sin usar los servicios de la urbanización no?. Grupo de presión y demás. Y las averías derivadas de su uso las pagarían los usuarios no?.