Me han cobrado 88€ tras renovar mi contrato 24 días antes de su vencimiento.
Inicialmente me costó 0€, ya que lanzaron una oferta a 0€ del dominio, hosting y ssl. Y picaron muchísimas personas, porque la oferta se publicó en webs de chollos que ven miles de personas.
En la oferta ponía que durante 12 meses era gratis, y luego se pasaría a cobrar 2€ y algo.
Tras pasar 11 meses y 6 días me llega la factura de 88€ de la renovación automática.
Yo no he visto ni ví nada a la hora de registrarme, solo si vas a su apartado de términos y condiciones pone que se renueva automáticamente 1 mes antes.
Tampoco me dieron factura con los términos que supuestamente acepté, solo están en su web, y no tengo forma de saber si los han cambiado desde entonces o si ha cambiado el precio.
Creo que tiene muchas irregularidades. Adjunto archivos con el proceso detallado:
Por si no viste mi comentario en el otro hilo, lo reproduzco a continuacion. Espero te resulte útil.
La verdad es que no entiendo nada. He entrado en la pagina https://www.cowabi.com/dominios-gratis/ y he visto que las únicas condiciones que figuran son UN AÑO GRATIS y si no se preavisa con 30 días de anticipacion, se renovará automaticamente el contrato, PERO:
1) En el momento de contratar no veo por ninguna parte las condiciones en que se renovará el dominio, y menos aún de forma clara. En este sentido, la Ley ampara al consumidor de modo claro y determinante: las clasulas o condiciones oscuras o poco claras no perjudican al consumidor sino a la empresa, que es la que redacta el contrato, un 'contrato de adhesion' puesto que el cliente-consumidor no puede cambiar ni una coma. Solo por eso, entiendo que la clausula de renovación automática es TOTALMENTE NULA.
2) En la pag. https://panel.cowabi.com/cart.php?a=add&domain=register se puede ver la tarifa de precios de los diversos domnios que ofrece dicha empresa ¡ojo!, residente en Reino Unido, lo cual quiere decir que para reclamar algo tendría que venir a pleitear a los tribunales españoles porque la jurisdicción y competencia judicial corresponde al domicilio del consumidor.
3) En la tarifa de precios los dominios tipo 'punto ES' tienen un coste de 2,90 €/año y los dominios tipo 'punto COM' cuestan 10,99 €/año, y no los 70 € ó 80 € que indican los foreros Ivanet y Pepega. Por tanto, si la empresa COWABI puede reclamar algo sería solo 2,90 e ó 10,99 €, en funcion del tipo de dominio de que se trate.
4) El cliente-consumidor SIEMPRE tendrá derecho a dar o cancelar el contrato, haya pagado o no uno o más años de servicio. Suponiendo que la empresa tenga razón, podrá reclamar los servicios utilizados por el cliente hasta la fecha de terminacion del contrato pero no negarse a dar por terminado el contrato, aunque haya un impago. ¡Faltaría más!.
5) Además, el cliente-consumidor podrá cancelar el contrato notificandoselo a COWABI por CUALQUIER MEDIO y no solo a través del formulario de su pagina web. Eso sí: hay que procurar hacerlo por un medio más o menos fehaciente, pues llegado el caso habrá que demostrar que efectivamente se le notificó la cancelacion a la empresa. Bastará un simple burofax o un email certificado que tiene un coste de 4-5 € e incluso algunas webs ofrecen ese servicio gratuito para enviar uno o dos emails certificados diarios.
6) En definitiva, si yo hubiera contratado con COWABI e intentaran pasarme un cargo de 70-80 € por haber contratado un dominio 'gratis' durante un año, CANCELARIA EL CONTRATO mediante el envio de un email certificado (lo más barato, rápido y cómodo) y esperaría a que me demandaran. En ese momento sacaría a relucir todos los anteriores argumentos, y si es como dicen los anteriores foreros, COWABI saldría con el rabo entre las piernas. Y de anotacion en registros de morosos, nada de nada: tendrían que notificartelo previamente y bastaría con enviarle al registro de morosos la copia de la reclamación para que no se pueda practicar la anotacion en el registro de morosos pues eso ocurre cuando el cliente, supuesto moroso, acredita la disconformidad o disputa con respecto a la supuesta deuda.
Anónimo
28/09/2019 01:43
pepega
Se me olvidó mencionar otro pequeño detalle. En el apartado 8 de las condiciones generales de contratación de COWABI se dice textualmente: " La cancelación de los servicios por parte del cliente, deberá indicarse a Cowabi, al menos,30 días naturales antes de la caducidad de los servicios y 30 días después de su contratación".
Pues bien: se trata de otra clausula NULA en tanto en cuanto los consumidors pueden cancelar o desistir de cualquier pedido que hayan contratado online durante los 15 días siguientes al de su efectiva contratación.
Se te vé enterado si, sobre todo cuando indican esta cláusula antes se realizar el pedido:
Yo he leído y estoy de acuerdo con los Términos del Servicio y Condiciones de Uso y reconozco que la aceptación del contrato conlleva la ejecución inmediata del servicio y por consiguiente, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 103 del Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, a este contrato no le resulta aplicable el derecho de desistimiento
Anónimo
28/09/2019 12:23
Anonimo543
Efectivamente, cuando el contrato conlleva la ejecución inmediata del servicio no hay derecho al desestimiento, pero se dá la casualidad de que en el caso que expone el forero pepega SI QUE HAY DERECHO A L DESESTIMIENTO, no a la hora de contratar el primer servicio GRATIS, que es de ejecución inmediata, sino a la hora de 'renovar' el servicio, puesto que, según afirma pepega, ejercitó su derecho al desestimiento 24 días antes de que el servicio 'renovado automaticamente' se hiciera efectivo, puesto que manifestó su oposición a la 'renovación' cuando se le pasó al cobro la factura de la 'renovación' 11 meses y 6 días antes de que expirara el plazo del dominio gratis, y por tanto no cabia la 'ejecución inmediata' de la renovación.
Y, en cuanto a la aceptación de los 'terminos de servicio y condiciones de uso' la Ley también es muy clara, en cuyo art. 10 se establece muy claramente que son irrenunciables los derechos reconocidos a los consumidores y usuarios y que, por tanto, ES RADICALMENTE NULA TODA ESTIPULACION CONTRARIA A LOS DERECHOS DE LOS CONSUMIDORES, así como también son nulos los actos realizados en fraude de ley (y eso incluye los 'truquillos' del sistema de contratación de COWABI que, como mínimno, son bastante enrevesados y poco claros pues, bien a propósito, bien casualmente, confunden y llevan a engaño a los potenciales contratantes de los servicios de dicha empresa).
Las renovaciones tambien llevan a cabo el aprovisionamiento inmediato del servicio, por lo que sigue sin haber derecho al desistimiento. Lo digo porque me ha pasado con otras empresas de Hosting y en todas dicen lo mismo.
Según dice pepega también hay que preavisar 30 días antes de que caduquen los servicios y él no lo realizó. Esta práctica se lleva también a cabo en gimnasios por ejemplo.
Lo que pasa es que contratamos cosas sin leernos las condiciones generales, y si en el momento de contratar, nos leyésemos las condiciones y estás nos pareciesen poco claras o abusivas, no lo contrataríamos, pero claro, lo queremos todo.
Por cierto, he mirado a ver si piden aceptar condiciones antes de comprar, y hay un checkbox que si no se marca, no te deja finalizar el pedido.
También he visto que para que la factura alcance 88€, ha debido de contratar más cosas pepega , no solo un dominio con indica.
No es que me ponga de parte de la empresa, pero hay que ser objetivos y justos.
Anónimo
28/09/2019 14:00
miberlan
No es mi intención 'defender' al consumidor ni a la empresa, tan solo dar mi opinión respeto al casso planteado por el forero pepega.
Y en mi modesta opinión, eso del 'aprovisionamiento inmediato del servicio' es algo que te has sacado de la manga pues la Ley no habla de 'APROVISIONAMIENTO de servicios' sino tan solo de 'ejecución inmediata del servicio'. Y, que yo sepa, tampoco hay jurisprudencia respecto a esa figura del 'aprovisionamiento de servicios' que pueda justificar la renuncia o denegacion del derecho de desestimiento.
Lo dicho es aplicable a ese requisito de preaviso de 30 días en tanto en cuanto que de facto supone la derogacion o supresion unilateral de un derecho básico de los consumidores como es el derecho al desestimiento.
Y... si pepega contrató más servicios o no, es algo que ignoro pues dicho forero no lo menciona, pero, EN TODO CASO, también tendría derecho al desestimiento de esos otros servicios antes de su 'ejecución inmediata'.
No tengo ningún motivo para 'atacar' a una empresa pero la realidad es que todo sel sistema de contratación del 'dominio gratis' que ofrece COWABI es realmente enrevesado, poco transparente e induce a confusion a los potenciales clientes.
A mí me dá que no es casual la adopcion de ese sistema sino que se trata de 'truquillos' (vamos a llamarlos así, suavemente) para que los usuarios piquen y contraten el servicio de 'dominio gratis' de COWABI para pegarles el palo al menor descuido. Es posible que no se trate de algo delictivo pero a buen seguro se trata de una flagrante irregularidad en la esfera civil y mercantil e incluso administrativa. La ciudadanía no debería ser tan incauta a la hora de contratar 'servicios GRATIS' que después salen carísimos. El problema es que hay muchas personas ingenuas o incautas que creen que los euros caen del cielo cuando llueve y no se dan cuenta de las trampas que les tienden algunas empresas poco escrupulosas o poco respetuosas con los derechos de los consumidores.
Completamente de acuerdo con tu último párrafo, yo ya siempre me leo las condiciones generales de un servicio, ya que entiendo que las empresas no son ONG y no regalan las cosas.
Una pregunta, ¿que ley aplica en una empresa de Reino Unido? Supongo que la del domicilio social de la empresa, no?
Anónimo
28/09/2019 14:47
miberlan
Evicentemente, hay que leerse las condiciones generales del servicio pero cuando una empresa no sigue los criterios de la buena fé (y un clausulado enrevesado no es sintomático del uso de la buena fé) la Ley está de parte del consumidor, cuyos derechoscomo tal son irrenunciables así que por mucho que el consumidor haya pulsado un botón de 'Acepto las condciones del servicio' tales condiciones serán inaplicables en el caso de que contravengan la normativa que protege al consumidor.
En cuanto a jurisdiccion y competencia de los tribunales, basicamente se debe tomar como referencia la del lugar correspondiente al domicilio del consumidor, es decir, ESPAÑA en el caso de la empresa COWABI. Mira lo que dice el art. 47 de la Ley de Defensa del consumidor: "Las Administraciones españolas que en cada caso resulten competentes sancionarán las infracciones en materia de defensa de los consumidores y usuarios cometidas en territorio español cualquiera que sea la nacionalidad, el domicilio o el lugar en que radiquen los establecimientos del responsable".
Es decir que, si COWABI quiere reclamar algo a pepega deberá plantear la demanda en ESPAÑA, pero dudo mucho, muchísimo, que lleguen a iniciar la via judicial pues si lo que cuenta pepega es cierto, con casi absoluta seguridad les saldría el tiro por la culata
Bueno, la buena o mala fe es algo subjetivo. Todos en esta vida sacamos provecho de algo. Incluso si tu fueses abogado, sacarías provecho de estas situaciones, sino no tendrían trabajo los abogados.
A la anterior pregunta no me refiero a que la empresa quiera tomar acciones sobre el cliente, sino el propio cliente a que leyes se debe acoger cuando una empresa está fuera de españa.
Anónimo
28/09/2019 15:30
Anonimo543
Desde luego, no se puede medir matematicamente el grado de buena fé o mala fé, pero si hay criterios legales y jurisprudenciales al respecto bastante claros, especialmente cuando se trata de cuestiones relacionadas con los derechos del consumidor. En el caso de la empresa COWABI está bastante claro que la buena fé brilla por su ausencia.
Y... hombre, claro que en esta vida hay que sacar provecho, seas abogado o no, pero tanto desde un punto de vista legal como ético hay que procurar sacar provecho de las situaciones sin aprovecharse de la ingenuidad o ignorancia de los demás, es decir, sin sorprender su buena fé con artimañas. Lo contrario es ir de 'listillo' ó 'aprovechado' por la vida.
En cuanto a tu segunda pregunta, concerniente a la normativa aplicable, te sugiero que si tienes especial interés en conocer la respuesta plantees esa pregunta en el foro de derecho procesal. Yo, ahora mismo, no tengo tiempo ni ganas de responder a esa pregunta, pues dentro de 5 minutos empiezo mi partida de tenis de los sábados, pero en todo caso te deseo tengas un buen fin de semana.
Bueno, son puntos de vista diferentes , yo no veo mala fe, mala etica, ni rebuscado, ni ir de listillo, decir que tengas que pre-avisar con 30 dias a la caducidad del contrato. En cambio el que intenta beneficiarse de todo gratis y luego cuando le sale algo mal patalear y protestar, si lo veo.
Das tu opinión afirmando cosas, no sé, me da la sensación de abogado con complejo de juez.
Y luego dices que no te pones de parte del consumidor, si ni siquiera has indagado del proceso de compra ni condiciones generales... ejemm ejemm! Un poco más de criterio.
Me parece a mí que tú solo ves lo que quieres ver.... el punto de vista y las explicaciones del otro 'Anónimo' están bien claritas y si no ves mala fé en la manera de actuar de cowabi deberías ponerte gafas.
O a lo mejor deberías quitartelas tu, porque ves cosas donde no las hay.
Buen finde
Anónimo
28/09/2019 17:57
Anonimo543
El pensamiento es libre, incluso en las dictaduras, así que puedes pensar u opinar lo que te plazca y más todavía en lo que respecta a la 'ética'. Las opiniones jurídicas también son 'opinables' pero unas menos que otras sobre todo cuando hay evidencias ó indicios más o menos claros.
Por suerte o por desgracia, no soy picapleitos ni tengo complejo de juez, soy empresario, un empresario autónomo a la vieja usanza con empleados y varios miles de clientes a los que intento no engañar y que no se sientan engañados y a quienes les dejo todo bien clarito a la hora de contratar mis servicios, y en las contadísimas ocasiones en que hubo algún malentendido o un problema, siempre,mprocuré encontrar una solucion razonable y equilibrada, no solo porque es la mejor manera de evitar litigios y ganar clientes sino porque además soy muy consciente de que un cliente que se siente engañado, cabreado o con mala baba es una bomba andante no ya solo por el antiguo 'boca a boca' sino porque hoy en día cualquiera tiene muy fácil acceso a foros como este, facebooks y twiters de toda clase y otros portales tipo tripadvisor o trustpilot, en los que un cliente que se siente engañado o con mala baba puede verter toda su bilis con un tremendo poder multiplicador y explosivo para cualquier empresa, sea grande o pequeña, como parece ser el caso de COWABI.
Como empresario que soy defiendo a muerte a otros empresarios cuando considero que tienen razón, pero me cabrean mucho las empresas que abusan de los clientes y en ese caso me pongo de lado de los clientes víctimas de empresarios con pocos escrúpulos.
P.S.: Ante tu defensa cerrada de COWABI tengo la corazonada de que eres dueño, ejecutivo o empleado de dicha empresa. ¿Me equivoco?
Decidimos contratar con ellos el plan 2, con la versión NVME (6 Cores, 16GB de RAM y 100GB NVME). Mi sorpresa fue cuando, en la configuración, tenía asignados 4 Cores, 8GB de RAM y 800GB de disco duro SSD, es decir, totalmente distinto a lo contratado. Nos quejamos indicando que no habíamos contratado ese plan (no ofrecen estas características en un mismo servicio), recalcando que había seleccionado el segundo plan. Para más sorpresa, se inventan que la contratación es correcta y que había sido culpa nuestra. Volvimos a reclamar conforme en la factura no indicaba esas características. Te ofrecen devolverte el dinero para gastar en sus servicios, por lo que debíamos volver a pagar por la configuración del servidor nuevo, llevando a cabo la primera estafa. Al ser empresa, los gastos para recurrir a un abogado son mayor que el coste del servicio, así que desistimos. Me atrevería a decir que conocen perfectamente este último punto, por ello, saben cómo utilizar este tipo de estafas, pues parecen expertos en el tema. Por suerte, decidimos contratar un plan de tres meses solamente, hubiéramos tirado más dinero en el caso de contratar más tiempo, el servicio al cliente y calidad de los servidores dejan mucho que desear. Si no queréis tirar el dinero, os animamos a buscar otras alternativas.