Vamos a ver si no cotiza no va a cobrar prestación, ni tampoco le servirá para la jubilación futura.
Pida usted una vida laboral y así sabrá si la empresa está cotizando por usted, o sino mire usted una de sus nominas y mire si tiene, a parte de retención por IRPF, deducciones de la Seg Social, Formación y desempleo.
Siguiendo el principio de automaticidad de las prestaciones, la entidad gestora, el SEPE en este caso, deberá reconocer la prestación, cuando este derecho se haya causado, aunque se hayan incumplido los requisitos legalmente previstos (el alta y, en su caso, los períodos de cotización)