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Cotizaciones a la sombra

6 Comentarios
 
19/11/2018 10:50
Fernan59
Gracias,
voy a pedir cita previa hoy mismo.
Un saludo
19/11/2018 09:45
Fernan59
Con los datos que aportas me sale que tu jubilación anticipada sería el 18 de diciembre de 2020.
Tendrás que coger cita y pasarte por una oficina de la Seguridad Social para concretar la fecha.
Un saludo
18/11/2018 22:02
Jujo
Muchas gracias,
efectivamente ha fecha de hoy los días cotizados incluyendo los 365 días del Servicio Militar son 11.649 días, mi fecha de nacimiento es el 16/02/1959.
Pero en la aplicación de la Seguridad Social las fecha que sale como Jubilación ordinaria es del 16/10/2015 y anticipada 16/10/20121. He incluido las fecha de inicio y fin del Servicio Militar y la causa Involuntaria por un ERE.
El certificado del las fechas del Servicio Militar le tengo desde hace como 3 años, lo lleve al INSS y me dijeron que lo llevase cuando fuese a solicitar la jubilación.
En el PDF de la simulación del programa de la S.S., donde aparece los días de cotización las empresas, días de cotización por desempleo, días por el Convenio Especial y Subsidio mayores 55 y su proyección hasta la fecha de jubilación, aparece Servicio Militar pero sin días.
18/11/2018 19:45
Fernan59
A ver, sí que cuenta para calcular la jubilación anticipada.
¿En el simulador de la Seguridad Social, en los datos del periodo laboral que has introducido, has metido el año del Servicio Militar o has añadido 365 días a tu vida laboral?

A mí me sale tu fecha de jubilación anticipada el 7 de abril de 2021. (he supuesto que naciste el 1 de febrero de 1959 y que a día de hoy tienes 11629 días de cotización, incluido el año de la mili).

Por cierto, si aún no lo tienes, necesitas ir a la Jefatura Militar de tu provincia con el dni y la cartilla militar y rellenar un impreso para pedir la certificación de tu servicio militar y llevarlo a la Seguridad Social para que te lo incluyan en la vida laboral.
18/11/2018 13:00
Fernan59
Gracias,
Ya lo entiendo. A mi no me sirve para nada el tiempo del Servicio Militar.
17/11/2018 19:57
Fernan59
Hola, perdona que te insista en que el servicio militar no cuenta para la jubilación ordinaria.
Simplemente, y de verdad que lo siento, no tienes suficiente cotización real para jubilarte en la edad que crees (para poder jubilarte anticipadamente cuando cumplas 61 años tienes que tener más o menos 34 años de cotización efectiva).
La diferencia entre la fecha de jubilación que te da el programa de la Seguridad Social con respecto a los que tú calculas es el año y pico que te faltan de cotización real para poder jubilarte a los 61.
Cotizaciones a la sombra
17/11/2018 18:41
Tengo un lío con el tema de las cotizaciones a la sombra a la hora de averiguar la fecha para poderme jubilar por causas involuntarias: Estoy afectado en un ERE, nací en febrero del 1959, el 26 de diciembre habré cotizado de forma efectiva 31 años y he cumplido el Servicio Militar durante 14 meses (por lo que entiendo computaría a dicha fecha 32 años cotizados para el cálculo de la fecha de jubilación anticipada), recibo subsidio mayores 52/55 años y tengo suscrito Convenio Especial con la S.S.
Ya que tengo dudas en el cálculo, me gustaría me confirme o me comente donde me equivoco, sobre el calculo que he realizado sobre la fecha para la Jubilación anticipada por causas involuntaria.
Yo cumpliría los 65 años en el 2024 y en eses año para poderse jubilar con 65 años haría falta haber cotizado 38 años, teniendo en cuenta los 12 meses del Servicio Militar, en el mes de diciembre del 2024 habría cotizado los 38 años. Si puedo anticipar 4 años para la jubilación por causas ajenas, el 26 de diciembre del 2020 que ya habría cotizado 34 años y podría jubilarme.