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Cotizacion subsidio 52 años

6 Comentarios
 
Cotizacion subsidio 52 años
03/08/2010 07:35
hola foreros, a ver si alguien me puede aclarar las dudas que tengo.Me acaban de despedir,tengo 52 años y 15 años justitos trabajados.me han dicho que ahora cobrare 2 años de paro y luego puedo pedir el subsidio de mas de 52 años que son 420 euros.y ahi vienen mis dudas,yo se que el paro te cotiza para la jubilacion,pero ¿el subsidio tambien?¿y te cotiza para una pension normal o para una pension minima,porque al cobrar solo 420 euros?porque claro, yo solo tengo cotizados 15 años,en realidad hubiera necesitado cotizar otros 13 mas para conseguir una pension mas o menos normal.¿entendeis mis miedos y mis lios mentales?y otra cosa si estando cobrando el subsidio me pongo enferma,me corresponde baja o no?por favor,por favor, si alguien sabe de esto que me lo aclare, estoy muy desinformada.gracias.
03/08/2010 13:35
A ver, el subsidio por desempleo te corresponderá una vez finalizada la prestación por desempleo si cumples los requisitos para aquélla (a día de hoy, se encuentran en el art. 215 LGSS, y básicamente es tener ingresos de cualquier naturaleza no superiores al 75% del salario mínimo interprofesional en cómputo mensual, excluidas las pagas extraordinarias).
El subsidio para mayores de 52 años sí cotiza para jubilación, el 125% de la base mínima vigente (art. 218 LGSS).
Si quieres incrementar la base a efectos de jubilación, siempre podrás realizar un convenio especial con la Seguridad Social (Orden TAS/2865/2003).
Si percibes el subsidio y te pones enferma, sigues cobrando el subsidio (art. 222 LGSS).
03/08/2010 16:20
muchas gracias SHUGHART por tu respuesta, la verdad es que me ha tranquilizado bastante, aunque no me ha quedado del todo claro lo de la baja.Yo no me refiero a si me pusiese enferma de un costipado. Lo que quiero decir es si una persona cobrando el subsidio de mas de 52 años, cae en una enfermedad grave o degenerativa o accidente, si tiena derecho a solicitar una baja o una invalidez,como si estuviera trabajando, o perdió ese derecho cuando dejó de trabajar.muchas gracias por tomarte la molestia de escucharme y aclarar mis dudad.
03/08/2010 18:13
Yo supongo que si alguien cobra la subvención no estará trabajando, por lo tanto si enferma es igual que un pensionista, se pone malo pero no necesita baja (ya que está ocioso).
Respecto a la necesidad de haber cotizado otros 13 años mas para tener una pensión "normal" creo que no, aun habiendo cotizado 40 años LO QUE CUENTA son los últimos 15 (desde los 50 a los 65 y....)
03/08/2010 20:30
Sin problema sisteller, el estar percibiendo la prestación o subsidio por desempleo, no te impide acceder a una incapacidad permanente, ya que para acceder a ésta se requiere estar de alta o en situación asimilada al alta (el estar desempleada pero inscrita es situación asimilada, de conformidad al art. 36 ED 84/1996).
Si la duda venía por las incapacidades temporales, puedes o no solicitar la baja, pero no cambiará la cuantía a percibir, tan sólo el pagador.

Jovipez mírate el art. 163 LGSS. La cuantía de la pensión de jubilación la conforma la base reguladora (que como comentas se tienen en cuenta los 15 años anteriores al mes anterior a la jubilación) y el porcentaje (que dependerá de los años cotizados). Por tanto, no es lo mismo cotizar 15, que 28, que 40.
03/08/2010 22:52
un millon de gracias SHUGHART.Veras,es que cuando de repente te quedas sin trabajo,te encuentras como muy desprotegido, y todo te viene a la mente, y te pones en lo peor. aunque yo soy muy activa y aunque la cosa esta tan mal, aun me queda la esperanza de encontrar algun trabajillo, pero por si acaso,queria informarme.mucho gusto de haber dialogado contigo y una vez mas GRACIAS.
03/08/2010 23:13
De nada, y ánimo...
En cualquier caso, te he comentado lo que a día de hoy existe (de aquí a 2 años, puede pasar de todo).
Para más info al respecto, siempre puedes acudir a cualquier oficina del SPEE (antiguo INEM) o Servicio de Empleo de tu Comunidad Autónoma.