acriton para dar de alta a una empleada de hogar en el sistema de seguridad social, y en este caso sea considerada empleada de hogar discontinua: son los que prestan sus servicios para uno o varios titulares del hogar familiar, con carácter parcial o discontinuo, durante un mínimo de 72 horas de trabajo efectivo al mes, que han de realizarse, al menos, durante 12 días en dicho mes.
Asi que con 4 horas semanales (16 horas al mes) no se considera incluida en el régimen especial de empleado de hogar. Saludos.