Hay que "oir" las palabras. En el primer caso se es proietario (por ejemplo un hijo tiene una cuenta con acciones o una cuenta corriente) . Si son 2 propieparios Hacienda presume que cada uno tiene la mitad, si son 3 la tercera parte ...
Pero puede que el padre solo tenga "firma" para disponer, para sacar dinero, pagar cheques, vender acciones... De cara a Hacienda el hijo es el propietario,el padre no pinta nada.
¿Me podrías aclarar la diferencia, desde el punto de vista tributario, entre un cotitular de una cuenta corriente y uno que sólo tiene firma autorizada?