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Cotejo / compulsa de documentos en las administraciones

1 Comentarios
 
Cotejo / compulsa de documentos en las administraciones
19/07/2018 14:10
Hola
en las bases de una oposiciones a secundaria de este año pone::

" 9.4. Presentación de documentos por los aspirantes que han superado los procedimientos selectivos.

En el plazo de diez días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha de exposición de las listas a que se refere la base 9.3.4, los aspirantes seleccionados deberán presentar ante los Servicios Provinciales del Departamento de Educación, Cultura y Deporte donde se hayan realizado los procesos de selección los siguientes documentos:

a) Fotocopia compulsada del Título exigido para el ingreso en el Cuerpo o certifcación académica original o fotocopia compulsada de la misma que acredite haber realizado todos los estudios para la obtención del título. En este caso, se acompañará con el original o fotocopia compulsada del documento que acredite haber satisfecho los derechos de expedición del título exigido para el ingreso en el Cuerpo.

b) Fotocopia compulsada del Master, Título Profesional de Especialización Didáctica o del Certifcado de Aptitud Pedagógica en caso de ser necesarios, o documento que acredite la exención.

c) Fotocopia del Documento Nacional de Identidad o, en el caso de aspirantes extranjeros, la identifcación correspondiente.

d) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración Pública, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas, según el modelo que fgura como anexo IV a esta convocatoria.
Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar declaración jurada o promesa de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la Función Pública, según el modelo que fgura como anexo V a esta convocatoria.
(...)

j) Justifcación documental de los méritos valorados en la fase de concurso. Los aspirantes seleccionados deberán aportar los originales o copia compulsada de toda la documentación en el plazo señalado
"

Hoy en dia las compulsas SOLO las hace un notario, y te cobra por ello. Por otra parte, la Ley de Procedimiento Adminisrativo siempre ha permitido que el funcionario coteje una fotocopa simple con el original y así no hay que compulsar nada.

Aparte, y poniendonos 'juridicos', está el Principio de Jerarquía Normativa, la Ley 39/2015 es Ley y nacional mientras que las bases de estasoposiciones son una Orden autonómica.

¿Será posible llevar originales y fotocopias simples para su cotejo por el funcionario?, digan lo quedigan las bases.

gracias
19/07/2018 21:59
Ingenierus
Eso que tú llamas cotejo es lo que ellos llaman compulsa, es exactamente lo mismo.