Hola, tengo entendido que en suelo calificadod e Parque Natural no se puede construir, sólo se puede reconstruir ruinas ya existentes; pero mi pregunta es si esto es radical o hay matices y condiciones al respecto como por ejemplo, los m2 de la vivienda, las hectáreas a la redonda que tenga la finca particular, la distancia a la que se encuentre la población más cercana, los materiales y tecnicas de construcción (por ejemplo una cabaña de madera sin cimentación, o de piedra y arcilla) etc.
Muchas gracias!
J.