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costes de un juicio

3 Comentarios
 
Costes de un juicio
20/10/2003 22:39
Hola. La comunidad de propietarios me denunció por una obra que realice en el patio de luces, pero en la zona de uso privativo. La sentencia ha sido favorable para mi. Mi pregunta es si yo debo de pagar mi parte proporcional de la comunidad del coste del juicio a pesar que la justicoa me ha dado la razón. Muchas gracias.
21/10/2003 11:04
Entiendo que no y así se entiende en la practica de las Comunidades, el propietario que ha vencido en juicio a la Comunidad no ha de costear los honorarios del Abogado y del Procurador contratado por la Comunidad.
¿Hubo condena en costas?.
De todas maneras consultelo con su Abogado y la respuesta por escrito remítasela al Presidente de la Comunidad.
Por curiosidad, ¿que obra realizó en el patio de luces?.
Salu2
21/10/2003 22:09
gracia, peron mo me he enterado muy bien. Que es eso de las costas.

La obra fue una ampliación de la cocina, no propiamente en el patio de luces, sino en la parte que en el segundo piso es una terraza con vuelo al patio de luces.

Los vecinos del segundo, tercero y cuarto con anterioridad cerraron completamente dicha terraza que da al patio de luces. Lo que no puede ser es que solo me denuncien a mi. El juzgado ha tenido en cuenta el agravio comparativo además de la existencia de la toma de agua en dicha terraza en todos los pisos y por tanto es la zona del vuelo de la terraza del segundo piso es una zona de uso privativo para el primer piso. Comunidad de Madrid.

Esperando que me aclares si debo pagar la parte proporcional de mi abogado, perito , etc saludos
22/10/2003 12:02
Te explico:
Si en la sentencia a tu favor el juez condenó en costas a la Comunidad, ésta ha de pagar los honorarios de tu abogado, procurador y del perito judicial, ademas de pagar los honorarios de los profesionales contratados por la Comunidad. Tu no has de pagar a niungun profesional interviniente en el juicio (salvo si contrataste directamente a un perito, esto es, que el perito no fuera nombrado por el juzgado).

Si en la sentencia el juez no condenó en costas a la Comunidad, tu has de pagar los honorarios de los profesionales que contrataste y la Comunidad los suyos, si bien tú no has de participar en el pago de los honorarios de los profesionales contratados por la Comunidad pues venciste en juicio.

De todas maneras este tipo de cuestiones tambien te las puede aclarar mejor tu Abogado a la vista de la sentencia.

Gracias por informar del asunto del juico y el resultado de la sentencia, puede ayudar mucho a otras personas en este foro sobre todo en lo que respecta a los del agravio comparativo que ha sido muy tratado.

Espero haberte servido de pequeña ayuda y haberme explicado con claridad.
Salu2