Hola, ¿me podríais orientar acerca de por cuánto me puede salir contratar a un abogado para que lleve la acusación particular por un delito de lesiones?
En caso de que se declare culpable a mi agresor, ¿correría él a cargo de las costas de la acusación particular, o en su caso, de parte de las mismas?
Es que resulta que han pasado 2 meses desde la denuncia a la policía y tan sólo me han llamado para el reconocimiento forense...
Para hacer una acusación particular tiene que personarte, y eso incluye procurador (unos 130€). El abogado te puede salir por unos 400€, pero en cuanto a las costas dependerá de si lo califican como delito o como falta.
Yo no soy abogado, te hablo porque estoy en un caso similar.
Sra. Ana Fdez: Viene a que suelo leer el foro y como normalmente veo que usted contesta con detenimiento todos los asuntos relacionados con el derecho penal, contesté a ignassi en el sentido de que imaginaba que pronto alguien (usted) le contestaría. No lo hice a mala intención. Lo siento de veras.
Estimada Ana Fernández se acaba de incorporar al club de los que sufrimos admiradores con mil-nombres.
No se hagas cruces interrogándose a qué se debe tal honor. No lo sabe ni el/la propio/a fan o admirador/a secreto/a.
Mi pésame. Y mi apoyo personal.
Saludos
De verdad, que parece mentira que ciertos abogados que suelen intervenir mucho sean blanco de persecución. Y no será precísamente porque no sepan. Parece que estemos en el país de la envidia.
Le pido disculpas por el espectáculo y el abandono a que le hemos sometido.
Si nos hallamos ante una falta, las costas de la Acusación particular se impondrán al imputado condenado, dependiendo del Juzgado. Ello porque un secvtor opina que, ante la innecesariedad de la asistencia letrada en los Juicios de Faltas, es un abuso conminar a costearlas al oponente, ante el capricho de la otra parte.
Sin embargo, el Tribunal Constitucional tiene dicho que, dado que, aun tratándose de Juicios de Faltas, la cuestión en ellos tratada puede llegar a ser de suma complejidad, las costas de la acusación particular correrán a acargo del condenado.
No sé si esto responde a su pregunta. Un saludo.
P-D: Artículos 239 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (perdone, no dispongo de más tiempo)
algunas audiencias (por ejemplo sección 2 de bcn) impone costas en faltas si no interviene fiscal y si se reside en lugar distinto al que se celebra el juicio ... yo no estoy conforme, pero algunas sentencias y autos hay ......