Compañeros, tengo una duda. Tras la apelación a un recurso contencioso administrativo, las costas de esa apelación ante que tribunal he de presentarlas: ante el Juzgado que conoció del recurso o ante el TSJ que conoció de la apelación. Un saludo, gracias
Las costas en lo contencioso se tasan según las normas de la Lec, pues así lo dispone la DF 1ª de la LRJCA y el art. 4 de la Lec 1/2000, por tanto las deberías presentar ante el TSJ correspondiente.