gané en el Supremo un recurso que interpuso la Agencia de Protección de Datos contra una sentencia de la AN que rebajaba de 300.000 a 60.000 euros una sanción a mi cliente.
Mi cliente, a pesar de la "rebaja" no ha podido pagar.
El Supremo condena a la AGPD al pago de los honorarios de letrado hasta un importe de 3.000 euros. Mi pregunta es, si al no haber pagado mi cliente la multa, la AGPD va a pagar esos 3.000 euros? Cómo y a quién se los reclamo?
Buenos días; como las costas son un crédito a favor del cliente (porque se supone que ya te ha pagado él a tí), podrías pedir la tasación de costas e intentar ejecutarla, pero lo lógico sería que la AGPD retuviera ese importe, para compensarlo en fase de ejecución de los 60.000 de multa (le bastaría con pedir que se embargara ese crédito de 3.000). Por tanto, es decisión de tu cliente si quiere intentarlo o no.
Si el problema es que no has cobrado tú, entonces sí o sí habría que intentar tasar y ejecutar las costas, a ver si la AGPD se despista...