CASO: Denuncia en Juzgado de 1ª Instancia, contra una clínica por imprudencia temeraria.
SENTENCIA: condena de la clínica y derecho a indemnización.
CUANTÍA INDEMNIZATORIA: 1/4 Euros de lo solicitado.
PREGUNTA: Al ser condenada esa clínica pero no siendo la indemnización el total de lo solicitado por la acusación, ¿se condena en costas a la parte demandada (perdedora)?
Lo pregunto porque en la setnencia dice. habida cuenta de la resolución parcialmente favorable a la parte denunciante no procede costas para ninguna de las partes" refiere a que la parte denunciante reclamaba una cantidad superiro a la concedida ¿es normal? ¿está bien así?