El artículo 240.3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal establece que la resolución sobre las costas que contendrá la sentencia penal podrá condenar a su pago al querellante particular o actor civil cuando resultare de las actuaciones que han obrado con temeridad o mala fe.
Soy el denunciante en un procedimiento de una serie de negligencias médicas contra una residencia de ancianos porque mi abuela falleció a causa de ellas. La fase de instrucción lleva 3 años y hace poco el fiscal ha solicitado un informe a la Real Academia de Medicina para que diera un dictamen (el fiscal consideraba que el forense no se mojaba mucho en su veredicto). Sin embargo, en este informe se indica que la Residencia actuó correctamente.
Si pierdo el juicio contra la residencia, tendré que pagar todos los gastos? Este informe ha costado 3000€..