Tengo sentencia estimatoria de un derecho de credito por impago de pensión alimenticia atrasada de mi ex cónyuge.
MI abogado solicitó embargo de c/c de titularidad del deudor.
En un primer embargo no se saldo la totalidad de la deuda por lo que se solicito un segundo. Tampoco este ha extinguido la deuda.
Mi abogado me ha presentado una factura de honorarios por cada uno de los embargos (ejecución de sentencia).
He cobrado 1000 € y me ha presentado una minuta de 600 € (300 € por embargo). ¿ es razonable ? ¿ las puedo repercutir al deudor?
Sí así fuera, por cada solicitud de embargo una minuta diferente, al final la deuda reconocida y cobrada se destinaría en 2/3 a pagar al abogado.....no es un sinsentido.
Agradecería recibir alguna aclaración al respecto.
Gracias y un saludo.