Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Costas monitorio

3 Comentarios
 
17/09/2010 18:01
Bueno, en ese caso si, el vencido debe satifacer los gastos del pleito, yo creo que al no haber habido pronunciamiento en costas, cuando en ese caso si corresponde, deberías, entiendo yo, haber recurrido en apelación el auto por este único motivo. No se si estarás en plazo del recurso, si se te ha pasado inténtalo en la demanda ejecutiva, pero dudo que en hagan nada más que lo que marca el auto. Ya me contarás si te aceptan las costas del monitorio o al menos las de la demanda ejecutiva. Suerte.
17/09/2010 12:31
MUCHAS GRACIAS por responder tan rápido. En este caso sí cabría la condena en costas ya que el demandado reside en distinta comunidad autónoma y así lo argumenté en la demanda. Crees que debo reiterar la solicitud en la demanda ejecutiva? o me debo limitar a pedir las costas de la ejecución? Gracias!
16/09/2010 19:28
Te pongo un trocito de una sentencia que tengo:
"el proceso monitorio va destinado a otorgar al crédito del acreedor el carácter de ejecutivo por cuanto de no mediar oposición por parte del deudor se procede al dictado de auto por el que se despacha ejecución por la cantidad adeudada. Lógico resulta, pues, que la resolución judicial que pone fin al Proceso Monitorio bien por transformarse en proceso declarativo –de mediar oposición- bien por transformarse en proceso ejecutivo propiamente dicho –de no mediar oposición- no imponga el pago de costas procesales a ninguna de las partes por cuanto, en puridad, no hay vencimiento de ninguna de ellas ni en uno y otro caso".

De todas formas en un monitorio no es preceptivo acudir con abogado y procurador, por tanto no cabría la inclusión de dichos gastos en la tasación en el caso de haber habido condena en costas.
Costas monitorio
16/09/2010 13:28
Hola a todos, es mi primera intervención en un foro y no se bien como funciona... Ahí va mi consulta, os agradecería que me orientarais: Tras una demanda de Monitorio sin oposición de contrario, se dicta el Auto como titulo ejecutivo sin hacer mención alguna a la condena en costas que yo solicité en mi demanda. ¿Puedo pedirlas en la demanda ejecutiva? o debería haber recurrido dicho auto?