Yo entiendo que si no hay juicio no hay gasto de costas. Si hay juicio y superan los 2.000 E. la reclamación se necesita abogado y procurador. El que demanda puede pedir que se condene en costas al contrario y el juez decidirá si se le condena a pagar todas las costas o sólo las suyas.
Y me he olvidado una cosa:
-En caso de llegar a la vista, un posible interrogatorio hacia otra parte para esclarecer los hechos lo puede hacer la persona particular o se necesita ya la asistencia de un abogado?
Existen costas en caso de juicio verbal entre dos particulares en los que no existe ni abogado ni procurador en ninguno de los dos casos y en el cuál se dictará sentencia sobre la documental presentada, es decir, sin llegar a juicio?
Porque cuando se determinan costas son para pagar los gastos de abogado, procurador y péritos verdad? o cómo va?