Me ha llegado la sentencia del juzgado en el que me condenan a 10 € / dia (20 dias) por publicar injurias utilizando fuentes publicas de una empresa de formación muy famosa.
Aunque presenté documentación del Ministerio de Educación, de la Junta de Andalucia, de periódicos, de opiniones de alumnos... no han servido de nada y la condena que ellos pedían es la que el juez me impone.
Lo extraño es que dice esta frase al final de la sentencia: Le condeno igualmente al pago de las costas procesales causadas.
Yo fui sin abogado, me defendí solo, mientras ellos si llevaron un abogado.
¿Esas costas son pagar el abogado de la otra parte o sólo tengo que pagar la condena de 200 €?. ¿Cuánto tiempo transcurre hasta que me llega el comunicado de ejecución de la sentencia?.
Un saludo a todos y gran foro, se solucionan muchas dudas.
Si, la condena en costas se refieren a las del abogado de la otra parte, pero en los juicios de faltas, al no ser preceptiva la intervención de abogado, no hay costas.
En estos casos, así como en todos en los que su intervención no sea preceptiva, si hubiere condena en costas a favor del que se haya valido de procurador o de letrado, no se comprenderán en ellas los derechos de aquél ni los honorarios de éste, salvo que la residencia habitual de la parte representada y defendida sea distinta del lugar en que se tramite el juicio.
Sólo una cosilla más, ¿debe llegarme otra carta certificada con acuse de recibo de la ejecución de la sentencia?, pues en la sentencia recibida no se especifica donde ingresar la multa.