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Costas juicio de faltas

5 Comentarios
 
Costas juicio de faltas
24/02/2013 18:00
Por favor una respuestas legal en condiciones: si en mi sentencia ganada dice el FALLO que condena a la otra persona a una pena de 10 dias de multa a razón de 6euros diarios, y la condena igualmente al pago de las costas ocasionadas en el proceso. Qué pasa? los 60e son para mi? y las costas son el que ella pague a mi abogado?? ya sé que al ser un juicio de faltas no es preceptivo abogado y procurador pero también he sabido que aunque no sea obligatorio y normalmente no hay costas SALVO QUE LA SENTENCIA LO DIGA Y EN MI CASO LO DICE, entonces???? puede alguien explicármelo, UN ABOGADO POR FAVOR!! GRACIAS.
25/02/2013 17:58
La multa es para el Estado, como una multa de tráfico por ejemplo.
Las costas son para ti y se cuantifican con las respectivaas minutas de abogado y procurador.
27/02/2013 13:20
Pero no se las cobrarán al condenado por no ser obligatoria la intervención de expresados profesionales.
27/02/2013 16:17
Difiero Trípoli, si existe condena en costas y el abogado está personado o acude a la vista, se las puedes ejecutar al condenado.
28/02/2013 13:23
Es obligatorio indicar el tema de las costas en las Sentencias. Si ha habido condena también habrá habido condena en costas, no obstante y a pesar de ello, en los Juicios de Faltas no se abona la intervención de Abogado y Procurador por no ser obligatoria su presencia. La parte que los utilizó a su voluntad lo hizo a su costa.
07/04/2013 14:42
Es muy curioso darse cuenta de que quien pregunta, está atento de quien responde, pero en la mayoría de casos me he fijado que, preguntan antes de tener el juicio, pero luego no se toman la molestia de informar en el foro sobre cómo ha ido todo, si les han ido bien los consejos, y algún comentario nuevo que pueda servir de ayuda a otros. Será el individualismo!? Mi consejo es que cada participante en el foro (especialmente quien inicie con su pregunta), vuelva a escribir, al final, explicando si ha solucionado o no el tema objeto de pregunta.