No estoy de acuerdo contigo, mauelk.
Después de haber practicado la tasación de costas y aprobada por el Secretario Judicial, el siguiente paso es ejecutar y embargar.
La única forma de poder pagar a plazos es llegando a un acuerdo con la parte contraria.
No estamos hablando de derecho administrativo, sino de civil. saludos.
tambien puede solicitar el fraccionamiento de la misma. El principio del buen acto impera sobre la finalidad del acto final. Dicho de otra manera que si usted acepta tal deuda y motiva su intencion a pagarla se debe de allanar a tal pretension. Es como en Hacienda cuando le han pescao en un fraude y viene la consiguiente sancion, hacienda tras el estudio prevo del escrito estima la cantidad que permite que se pague de forma fraccionada.... a mejor criteiro
Antes de que le embarguen ninguna propiedad, también puede pedir una hipoteca sobre la misma y pagar de golpe, si es que la otra parte no se aviene a razones. Pero hágales firmar el acuerdo por escrito! Ya sabe cómo se las gastan algunos.
Hola buenos días, he perdido un juicio y la apelacion, me condenaron a pagar las costas, el problema es que soy jubilado y sólo ingreso mi pensión y la de mi mujer, tengo que pagar 10.000€, y mi pregunta es ¿puedo pagarlos a plazos?. Muchas gracias